Iriarte Eduardo Jorge S/ Pedido de Quiebra

Fecha de la disposición14 de Diciembre de 2010

Martes 14 de diciembre de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.047 40 previa autorización del Tribunal (LC 103). Se prohÃben los pagos y entrega de bienes a la fallida, so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a quienes tengan bienes y documentación de la fallida para que los pongan a disposición del sÃndico en cinco dÃas.

Buenos Aires, 23 de noviembre de 2010.

Marina Meijide Castro, secretaria.

e. 09/12/2010 N'º150755/10 v. 15/12/2010 N'º7

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º7 a cargo del Dr. Fernando D’Alessandro, sito en Diagonal R. S. Peña 1211, piso 1'º., Ciudad Autónoma de Buenos Aires, SecretarÃa N'º14 a cargo del Dr. Diego Vazquez, comunica por dos dÃas que en los autos: “Colegio de Familia S.R.. s/Quiebra c/ Besio, Nilda y Otros s/Ordinario (Acción de Responsabilidad)”, Expte. N'º088114 que con fecha 9 de agosto de 2010, se ha dispuesto, cÃtese a Juan José Colabella y Nilda Bessio, para que en el plazo de quince dÃas comparezcan a constituir domicilio y contestar la demanda impetrada en autos, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial para que los represente.

Buenos Aires, 23 de noviembre de 2010.

Diego H. Vázquez, secretario interino.

e. 13/12/2010 N'º152445/10 v. 14/12/2010 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º7, SecretarÃa N'º14, comunica por cinco dÃas que en fecha 28 de octubre de 2010 se ha decretado la quiebra de “Iriarte Eduardo Jorge”. El sÃndico designado es Maria Susana Taboada con domicilio en la calle Ezeiza 2641 Piso 3'º “C” de esta ciudad. Se ha fijado fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar sus pedidos de verificación y los tÃtulos pertinentes el 22/02/2011. El sÃndico deberá presentar el informe previsto por la L.C.: 35 el 06/04/2011 y el previsto por el art. 39 el dÃa 20/05/2011. IntÃmase a la fallida y a terceros a que dentro de 24 horas y 48 horas respectivamente, entreguen bienes, documentación o libros de la fallida al SÃndico. Se prohibe hacer pago y/o entrega de bienes al fallido so pena de ineficacia.

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2010.

Diego H. Vázquez, secretario interino.

e. 07/12/2010 N'º150140/10 v. 14/12/2010 N'º9

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º9, SecretarÃa n'º 17, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840 piso 4'º of. 425 de Capital Federal, en los autos “D G Producciones Digitales S.A. S/Quiebra” comunica por cinco dÃas que: 1) con fecha 4 de noviembre de 2010 se decretó la quiebra de DG Producciones Digitales S.A.; 2) Los pedidos de verificación de crédito deberán presentarse ante el sÃndico designado Contador Clara Susana Auerhan, con domicilio constituido en Uruguay 872 Piso 4 16 de Capital Federal hasta el dÃa 7.3.2011; 3) los informes que establecen los arts. 35 y 39 de la L.C. se presentarán los dÃas 19.4.2011 y 3.6.2011 respectivamente; 4) se intima a todos aquellos que tengan bienes o documentación de la fallida para que dentro del quinto dÃa los ponga a disposición del sÃndico; 5) se prohibe efectuar pagos o entregar bienes a la fallida, so pena de considerarlos ineficaces; 6) se intima a la fallida a efectos que:

a) dentro de las 24 hs, entregue al sÃndico los bienes, libros y demás documentación que tuviere en su poder. b) constituya domicilio dentro de las 48 hs, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. c) se cita a la fallida a la audiencia de explicaciones del dÃa 28.4.2011 a las 11 horas.

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2010.

Juan Pablo Sala, secretario interino.

e. 10/12/2010 N'º151465/10 v. 16/12/2010 N'º10

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, secretarÃa N'º19, a cargo de la Suscripta, sito en Callao 635 P.B, Cap.

Fed., comunica por cinco dÃas que con fecha 10.11.10 se ha decretado la quiebra de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR