Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA D, 26 de Noviembre de 2014, expediente CIV 113494/2008/CA002 - CA001

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2014
EmisorSALA D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D “I.J.P. Y OTRO c/ COOPERATIVA DE VIVIENDAS CIVILES FUERZAS ARMADAS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS” - EXPTE. N° 113.494/2008 Buenos Aires, de noviembre de 2014.- M.A. y vistos:

Toda vez que el monto reclamado en el incidente en tratamiento no supera el tope mínimo establecido en el artículo 242 del Código Procesal, modificado por la ley 26.536, la resolución dictada a fojas 1079 en relación a la liquidación de los honorarios correspondientes al doctor J.P.I. es inapelable. En consecuencia, el recurso interpuesto a fojas 1083 ha sido mal concedido.

Por lo expuesto, el tribunal resuelve: Declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto a fojas...

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