Intimaciones - Resolución N° 38818752 - COMUNA12/2023, 24/10/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
COMUNA 12
Intimación - Resolución N° 38.818.752-GCABA-COMUNA12/23
Intimase a la Sra. María Luisa Santángelo, en su carácter de titulares registral o
sus herederos en carácter de propietarios del inmueble sito en Congreso 4708
s/chapa catastral entre linderos Nº 4704 y Nº 4716, de esta Ciudad, para que en el
plazo de diez (10) días, de notificada la presente, procedan a realizar la desratización,
desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos
del mismo, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución de los
trabajos mencionados por la administración y a su costa, conforme lo dispuesto en la
N° 446/ MJGGC/16, establece en el Anexo I, Etapa 2) punto.II c).
A tales fines deberán acreditar en debida forma la realización de la totalidad de las
mejoras intimadas y en su caso el cumplimiento de lo establecido en la Ley 11843, es
decir la ejecución de tareas de desratización, desinsectación.
Se hace saber que la presente Resolución agota la vía administrativa y que podrá
optar por interponer: a) recurso administrativo de reconsideración, dentro del plazo de
diez (10) días hábiles, b) recurso administrativo de alzada, dentro del plazo de quince
(15) días hábiles, o c) la acción judicial pertinente (conforme arts. 117, 118, 121, 123 y
concordantes de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto de
Necesidad y Urgencia 1510/1997, ratificado por Resolución de la Legislatura 41/1998 -
texto consolidado por Ley Nº 6017, BOCBA 5485-). Podrá presentar descargo o
recurso por vía electrónica dirigido al mail s.suarez@buenosaires.gob.ar. Deberá
constituir domicilio electrónico conforme lo dispuesto por el art. 51 de la Ley de
Procedimientos Administrativos antes citada que establece "Artículo 51 -Expedientes
electrónicos. Cuando las actuaciones tramiten por expediente electrónico rigen las
disposiciones del presente capítulo en tanto sean compatibles con la naturaleza de la
tramitación, y las siguientes disposiciones: a. El interesado deberá constituir un
domicilio electrónico en su primera presentación..."
Gabriel Borges
Presidente Junta Comuna 12
Inicia: 20-10-2023 Vence: 24-10-2023
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6733 - 24/10/2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR