Intimaciones - Resolución N° 19520109 - COMUNA12/2023, 02/03/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia”
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COMUNA 12
Intimación - Resolución N° 19.520.109-GCABA-COMUNA12/22
Rectifíquese el domicilio fiscal del Sr. CAMAÑO Y CACABELOS JOSE DNI 4060540,
consignado en la RS-2021-39073737-GCABA-COMUNA12, siendo el correcto en la
calle Jerónimo Salguero 723 Piso: 06 Dto. B CABA; e INTIMESELO en su carácter de
titular del inmueble sito en MANUELA PEDRAZA 3720 sin chapa entre chapa
catastral 3716 y chapa 3760 CABA, para que en el plazo de diez (10) días, de
notificada la presente, proceda a realizar la desratización, desinsectación,
higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos del mismo, del
mencionado inmueble, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución
de los trabajos mencionados por la administración y a su costa, conforme lo dispuesto
en la N° 446/ MJGGC/16, establece en el Anexo I, Etapa 2) punto II c).
A tales fines deberá acreditar en debida forma la realización de la totalidad de las
mejoras intimadas y en su caso el cumplimiento de lo establecido en la Ley 11843, es
decir la ejecución de tareas de desratización, desinsectación.
Hágase saber que la presente Resolución agota la vía administrativa y que podrá optar
por interponer: a) recurso administrativo de reconsideración, dentro del plazo de diez
(10) días hábiles, b) recurso administrativo de alzada, dentro del plazo de quince (15)
días hábiles, o c) la acción judicial pertinente (conforme arts. 117, 118, 121, 123 y
concordantes de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto de
Necesidad y Urgencia 1510/1997, ratificado por Resolución de la Legislatura 41/1998 -
texto consolidado por Ley Nº 6017, BOCBA 5485-). Podrá presentar descargo o
recurso por vía electrónica dirigido al mail ssuarez@buenosaires.gob.ar. Deberá
constituir domicilio electrónico conforme lo dispuesto por el art. 51 de la Ley de
Procedimientos Administrativos antes citada que establece "Artículo 51 -Expedientes
electrónicos. Cuando las actuaciones tramiten por expediente electrónico rigen las
disposiciones del presente capítulo en tanto sean compatibles con la naturaleza de la
tramitación, y las siguientes disposiciones: a. El interesado deberá constituir un
domicilio electrónico en su primera presentación..."
Gabriel Borges
Presidente Junta Comunal 12
Inicia: 28-2-2023 Vence: 2-3-2023
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6572 - 02/03/2023

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