Intimaciones N° 4801507/DGR/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición15 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos A ires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Intimación - E.E. N° 4.801.507-MGEYA-DGR/18
La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma
LOMAS DEL SOL S.R.L. Inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos N° 918-
302000-1, CUIT N°30-67324990-2 con domicilio fiscal en LA LAJA ALBARDON 5370,
LAS LOMITAS, PROVINCIA DE SAN JUAN, se comunica el inicio de una inspección
destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias que la Dirección
General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene potestad de recaudación y
control mediante cargo de inspección N° 01-00024221. Que verificados los
incumplimientos de cada uno de los puntos intimados oportunamente se comunica que
surgen diferencias de verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
que de $ 1.566.301,25 (Pesos un millón quinientos sesenta y seis mil trescientos uno
con veinticinco centavos) que se detallan en anexo que se acompaña, según surge del
Expediente N° EX-2018-04801507-MGEYA-DGR.
Por tal motivo se intima a que el primer día jueves hábil posterior a la publicación de
este Edicto, se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o
apoderado con poder amplio ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el
Departamento J, de la Dirección de Fiscalización 4 de esta Dirección General de
Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 1er Piso, sector Esmeralda, de 09:00 a 12:30 hs.,
a los efectos de conformar las Diferencias de Verificación en el Impuesto de Sellos
determinadas por los períodos: 2013-2018, como consecuencia de diferencias por
ingresos omitidos y la aplicación del artículo 423 del Código Fiscal (t.o. 2018);
dejándose constancia que en el curso de la presente inspección al cumplimiento del
pago de impuesto de sellos, se detectaron instrumentos emitidos a favor de LOMAS
DEL SOL S.R.L., respecto de los cuales el contribuyente no procedió al ingreso del
impuesto regulado a partir del art. 423 del Código Fiscal (Texto Ordenado 2018). En
caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados, deberá abonar el impuesto
resultante con más el interes resarcitorio correspondiente que establece el artículo 76
del Código Fiscal Vigente (t.o. 2018), dentro de los 15 (quince) días posteriores al
plazo anteriormente mencionado. En caso de incomparecencia en la fecha, hora y
lugar indicados dichas diferencias se considerarán como no conformadas dando lugar
al inicio del procedimiento de Determinación de Oficio, la instrucción de sumario.
ANEXO
Ana L. Santora
Directora de Fiscalización 4
Inicia: 15-8-2018 Vence: 17-8-2018
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5436 - 15/08/2018

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