Intimaciones N° 10536460/DGR/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Intimación - Providencia N° 10.536.460-GCABA-DGR/19
Expediente N° 15.925.714/18
Buenos Aires, 14 de Marzo de 2019
La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma
GUICAMA S.R.L Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos N°1280604-08,
CUIT N° 30-71462783-6 con domicilio Fiscal en Miralla 1044, Piso 1º, "B", de esta
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante Acta Nº 03-00324518 se comunicó el
inicio de una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones
tributarias que la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene
potestad de recaudación y control, mediante Cargo de Inspección Nº 25675/2018, del
Exp. E N° 15925714/2018. Que verificados los incumplimientos de cada uno de los
puntos intimados oportunamente se comunica que surgen Diferencias de Verificación
a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en concepto de Impuesto Sobre
los Ingresos Brutos, por un importe de $ 340.971,35 (pesos trescientos cuarenta mil
novecientos setenta y uno con 35/100), y un saldo a favor del contribuyente por un
importe de $ 6.483,86 (pesos seis mil cuatrocientos ochenta y tres con 86/100), según
se detalla en Anexo.
Por tal motivo transcurridas 72 hs. De finalizada la publicación de este Edicto; se
intima a que el primer día martes hábil se presente persona responsable de la firma
debidamente autorizada o apoderado con poder amplio ante el Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, en Departamento J División III de la Dirección de Fiscalización 4 de
esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 1er Piso, sector
Esmeralda, de 12.00 a 16 hs, a los efectos de prestar conformidad o no a las
Diferencias de Verificación de carácter parcial del ISIB, determinadas entre lo
declarado por el contribuyente y lo determinado por la actuante, por los períodos:
01/2016 a 11/2017, determinando como base imponible de ingresos gravados en ISIB,
la base imponible del Débito Fiscal de Impuesto al Valor Agregado informadas en las
declaraciones juradas del IVA mensual por el contribuyente a la AFIP, determinándose
de esta manera una base presunta mayor, motivando la presunción de ventas o
ingresos por omisión en la declaración de venta, adicionándose el 10 % de renta
dispuesta o consumida, conforme lo establece el Art. 192/193 del Código Fiscal (t.o
2019). El contribuyente no ha presentado las DDJJ del ISIB desde 09/2018. Todo el
ajuste es sobre la actividad Servicios de Publicidad. (cód. 743000, correspondiendo
tributar al 3% conforme a lo que establecen las Leyes Tarifarías 2016 y 2017).
En caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados por Diferencias de
Verificación Determinadas, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos
correspondientes que establece el artículo 77 del Código Fiscal Vigente (t.o. 2019),
dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores al plazo anteriormente mencionado. En
caso de incomparecencia en la fecha, hora y lugar indicados, las diferencias
comunicadas se considerarán como no conformadas dando lugar al inicio del
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5593 - 08/04/2019

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