Intimaciones y Actos Administrativos de extraña Jurisdicción N° 7668476/GCABA-DGCLCON/22

EmisorParticular
Fecha de la disposición10 de Marzo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2022- Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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Intimaciones y Actos Administrativos de Extraña Jurisdicción. E.E. N°
7.668.476/GCABA-DGCLCON/22
En función de lo establecido en el art 54, Inc. a) del Reglamento Interno, y de acuerdo
con lo autorizado por el Consejo Directivo según Resolución C. D. Nº 54 del 17 de
noviembre de 2021, en el día de la fecha se aprobó la siguiente Resolución:
VISTO Y CONSIDERANDO:
a) Las atribuciones de este Consejo Profesional para “Dictar las medidas de todo
orden que estime necesarias o convenientes para el mejor ejercicio de las profesiones
cuya matrícula controla” (art. 2° inc. f, de la Ley N° 466/00).
b) La firma del Acta de Tucumán por este Consejo Profesional, acta que fue suscripta
en San Miguel de Tucumán el 3 de octubre de 2013, la cual establece el compromiso
por parte de los Consejos Profesionales adheridos a la Federación Argentina de
Consejo Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), entre otras cuestiones, de
sancionar sin modificaciones las normas técnicas profesionales emitidas por la Junta
de Gobierno de la FACPCE.
c) Que la Resolución Técnica Nº 24 “Normas profesionales: Aspectos particulares de
exposición contable y procedimientos de auditoría para entes cooperativos”, fue
adoptada por la Resolución C. D. Nº 34/2008 del Consejo Profesional de Ciencias
Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA).
d) Que la Junta de Gobierno de la FACPCE aprobó la Resolución Técnica N° 51 (RT
51) “Nuevo texto de la Resolución Técnica Nº 24 Normas profesionales: Aspectos
particulares de exposición contable y procedimientos de auditoría para entes
cooperativos”, que fue adoptada por la Resolución P. N° 44/2021 del CPCECABA.
e) Que el Instituto Nacional de Asociatividad y Economía Social (INAES) aprobó la
Resolución N° 996/2021 adoptando como norma de aplicación obligatoria para las
cooperativas la RT 51, pero incluyendo aclaraciones y modificaciones en el Anexo I de
la mencionada Resolución de INAES.
f) Que se hace necesario alinear el texto de la RT 51 con el Anexo I de la Resolución
(INAES) N° 996/2021.
g) Que el artículo 19, inciso i) del Reglamento del Consejo Elaborador de Normas de
Contabilidad y de Auditoría (CENCyA) establece que “Resoluciones coyunturales de
emergencia: Estas resoluciones deben obedecer a razones de emergencia, que
impidan la realización del proceso establecido por este Reglamento y deben ser
aprobadas previamente por CENCyA, quien la pondrá a disposición de la Mesa
Directiva, la que queda facultada para emitir una resolución ad referéndum de la
primera Junta de Gobierno que se lleve a cabo con posterioridad de la fecha de dicha
resolución.
h) La aprobación, por parte de la Mesa Directiva de la FACPCE, ad-referéndum de la
Junta de Gobierno, de la Resolución N° 1063/2021 Modificación de la Resolución
Técnica N° 51, “Nuevo texto de la Resolución Técnica Nº 24 Normas profesionales:
Aspectos particulares de exposición contable y procedimientos de auditoría para entes
cooperativos”, en su reunión virtual del 9 de noviembre de 2021.
i) La aprobación por parte de la Junta de Gobierno de la FACPCE, de la Resolución N°
591/2021 Modificación de la Resolución Técnica N° 51, “Nuevo texto de la Resolución
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6334 - 10/03/2022

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