Intimaciones y Actos Administrativos de extraña Jurisdicción N° 16161185/GCABA-DGCLCON/21

EmisorParticular
Fecha de la disposición14 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
Intimaciones y Actos Administrativos de Extraña Jurisdicción. E.E. N°
16.161.185/GCABA-DGCLCON/21
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de abril de 2021.
En la sesión del día de la fecha (Acta N° 1259), el Consejo Directivo aprobó la
siguiente resolución:
VISTO Y CONSIDERANDO:
a) Las atribuciones de este Consejo Profesional para “Dictar las medidas de todo
orden que estime necesarias o convenientes para el mejor ejercicio de las profesiones
cuya matrícula controla” (art. 2° inc. f, de la Ley N° 466/00).
b) La firma del Acta de Tucumán por este Consejo Profesional, acta que fue suscripta
en San Miguel de Tucumán el 3 de octubre de 2013, la cual establece el compromiso
por parte de los Consejos Profesionales adheridos a la Federación Argentina de
Consejo Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), entre otras cuestiones, de
sancionar sin modificaciones las normas técnicas profesionales emitidas por la Junta
de Gobierno de la FACPCE.
c) Que la Comisión de Administración Pública de nuestro Consejo, durante el periodo
de consulta, emitió opinión sobre el "Proyecto Nº 4 de Recomendación Técnica del
Sector Público: Reconocimiento y medición de activos".
d) La aprobación, por parte de la Junta de Gobierno de la FACPCE, de la
Recomendación Técnica del Sector Publico N° 4 “Reconocimiento y medición de
activos”, en la reunión virtual realizada el 23 de marzo de 2021, en la que este Consejo
votó favorablemente.
Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1°.- Aprobar la Segunda Parte de la Recomendación Técnica del Sector Publico
N° 4 “Reconocimiento y medición de activos” que se adjunta como Anexo I a la
presente y declararla Norma Profesional de aplicación obligatoria en la jurisdicción de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2°.- Esta resolución tendrá vigencia desde el momento de su publicación en
el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 3°.- Registrar la presente en el “Libro de resoluciones”, publicarla en el
Boletín de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicarla a los matriculados por
todos los medios de difusión de la institución y con oficio a los Consejos Profesionales
de Ciencias Económicas de todas las provincias, a la Federación Argentina de
Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, a los Colegios y Asociaciones que
agrupen a graduados en Ciencias Económicas, a las Excmas. Cámaras Nacionales de
Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en lo Comercial y en lo Civil de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6148 - 14/06/2021

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