1184/03 Int. 227 - N.N. S/ Falsificacion de Documento Publico - Notifica a Luciana Pecchi

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición 6 de Junio de 2008

3.2. SUCESIONES NUEVAS 24.769, con relación a las situaciones fácticas descriptas por el considerando 2º de la presente y relativas a las personas jurídicas integradas, respectivamente, por aquellas personas físicas, pues aquellas situaciones fácticas no encuadran en una figura legal (art. 334, 335, 336 inc. 3º del C.P.P.N), con la expresa mención de que la formación del presente sumario no afectó el buen nombre y honor del que gozaren aquellos imputados.'. Fdo Rafael CAPUTO. Juez. Ante mi: Mirtha Lilian CAMPOS TULA. Secretaría.Buenos Aires, 21 de mayo de 2008.e. 06/06/2008 Nº 579.626 v. 10/06/2008 Nº 5 Publíquese por cinco días.Buenos Aires, 26 de mayo de 2008.Aída María Ahumada, secretaria interina.e. 06/06/2008 Nº 579.594 v. 12/06/2008 JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL TRIBUTARIO NRO. 1SECRETARIA UNICA '///Buenos Aires, 6 de marzo de 2008. AUTOS Y VISTOS: Para resolver en el 'Incidente de prescripción de la acción penal seguida a Luciana Pecchi' formado en la causa testimonios 1184/03 Int.RESUELVO: DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN Y DISPONER EL SOBRESEIMIENTO DE LUCIANA PECCHI, de las demás condiciones personales obrantes en autos, con costas en el orden causado, eximiendo a la sobreseída de las comunes (art.'. (firmado) Javier López Biscayart.Juez. Ante mí: María Fernanda de Loyola. Secretaria.Buenos Aires, 29 de mayo de 2008.e. 06/06/2008 Nº 579.589 v. 12/06/2008 JUZGADO NACIONAL DE MENORES NRO. 2SECRETARIA NRO. 5JUZGADO NACIONAL DE MENORES Nº 2,SECRETARÍA Nº 5 causa nro. 13.223 'PERALTA, Fdo.Marcela Inés Simian. Juez Subrogante. Ante mí:María Martha Halperin. Secretaria'.Buenos Aires, 16 de mayo de 2008.María Matha Halperin, secretaria.e. 06/06/2008 Nº 579.549 v. 12/06/2008 JUZGADO NACIONAL DE MENORES Nº 2.SECRETARÍA Nº 5 CAUSA: 13.237. Buenos Aires, 23 de mayo de 2008. Por devuelta, téngase presente lo solicitado por la Sra. Agente Fiscal.Por existir motivo suficiente para sospechar que Matías Maximiliano Rodríguez participó en el hecho investigado en autos cíteselo mediante edictos, por el término de la ley para que se presente ante estos estrados a fin de recibirsele declaración indagatoria a tenor de lo dispuesto en el art.294 del Código Procesal Penal de la Nación, dentro del plazo de tres días hábiles a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su inmediata aprehensión en caso de incomparecencia injustificada.Buenos Aires, 23 de mayo de 2008.María Martha Halperín...

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