Instituto Provincial Del Agua, Año 2022 - Res. N° 109

Fecha de publicación03 Junio 2022
Tipo de documentoRESOLUCIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta13908
SecciónSección Oficial
BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 15
Viernes 3 de Junio de 2022
terio de Seguridad - SAF9 - Programa 1 - Conducción
Secretaría de Seguridad y Justicia - Actividad 1 - Con-
ducción Secretaría de Seguridad y Justicia / Inciso 03:
Servicios no personales / Partida Principal 04: Servi-
cios técnicos y profesionales / Partida Parcial 09: Otros
Servicios Técnicos y Profesionales - Fuente de
Financiamiento 1.11 - Recursos del Tesoro/ Rentas
Generales / Ejercicio 2022.-
Res. Nº 72 16-05-22
Artículo 1°.- Autorizar el pago anticipado por el
OCHENTA POR CIENTO (80%) del valor total, para la
contratación directa a realizar por la Jefatura de Policía
de la Provincia del Chubut dependiente del Ministerio de
Seguridad, a través del Área Finanzas de dicha Institu-
ción con la empresa Comercial Automotor S.A. C.U.I.T.
N° 30-53990592-5, domiciliada en DALLE MURA N° 110
de la ciudad de Comodoro Rivadavia, por la adquisición
de tres (3) vehículos tipo Pick Up doble cabina 4X2
marca VW, modelo AMAROK Trendline con sirena y
baliza marca «KIMBOX» y equipo de radio marca
«MOTOROLA» original base Dgm 5500 E digital VHF por
la suma total de PESOS VEINTIDÓS MILLONES CUA-
TROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CIN-
CUENTA ($ 22.472.550,00), autorizada por Resolución
N° 57/2022 M.Seg y aprobada por Decreto 443/2022,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 104° de la Ley
II N° 76 y el artículo 109° del Decreto N° 777/06, debien-
do constituirse garantía según las previsiones estable-
cidas en el artículo 27° del mencionado Decreto.
CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
Res. N° 274 26-05-22
Artículo 1°.- APROBAR la liquidación de haberes
del personal de la Contaduría General correspondiente
al mes de Mayo del año 2022 por un costo total de
Pesos TREINTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS
SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTITRES CON OCHENTA Y
TRES CENTAVOS ($ 34.206.923,83).
Artículo 2°.- El gasto que demanda la presente liquida-
ción se imputará de la siguiente manera: Jurisdicción 6 -
Contaduría General de la Provincia - SAF 6 Contaduría
General de la Provincia - Programa 16 - Actividad 01 - IPP
1.1.1.01 Pesos VEINTE MILLONES VEINTITRES MIL SETE-
CIENTOS UNO CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($
20.023.701,46), IPP 1.1.3.01 Pesos SIETE MILLONES CUA-
RENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO
CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 7.043.774,74),
IPP 1.1.6.01 Pesos CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS
SETENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE CON
CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ( $ 4.872.149,53), IPP
1.1.6.02 Pesos UN MILLON OCHOCIENTOS VEINTISIETE
MIL CINCUENTA Y SEIS CON DIEZ CENTAVOS ($
1.827.056,10), IPP 1.4.1.01 Pesos CUATROCIENTOS CUA-
RENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS ($
440.242,00), F.F.111 - Rentas Generales Ejercicio 2022.-
Artículo 3°.- AUTORIZAR al Servicio Administrativo
- SAF 6 - Contaduría General de la Provincia a emitir la
Orden de Pago respectiva.-
Artículo 4°.- Encomendar la confección de las pla-
nillas del personal con el detalle del Número de Cuenta
Bancaria.-
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS
Res. N° 09 17-12-20
Artículo 1º.- RECTIFÍCASE el Artículo 1º de la
Resolución Nº 1/2020, de fecha 26 de febrero de
2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
«Artículo 1º. APLÍCASE a partir del 26 de febrero
de 2020 la sigla EPRESP identificatoria del ENTE PRO-
VINCIAL REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS, a toda
resolución, escrito y documentación despachada por
el Ente Regulador de Servicios Públicos de la Provincia
del Chubut».-
Artículo 2º.- RECTIFÍCASE el Artículo 2º de la
Resolución Nº 1/2020, de fecha 26 de febrero de
2020, el que quedará redactado de la siguiente mane-
ra: «Artículo 2º.-MANTENGASE los efectos de toda
resolución y cualquier otro acto administrativo y/o do-
cumentación emitida por el Ente Regulador de Servicios
Públicos de la Provincia del Chubut desde su puesta en
funcionamiento con la sigla En.Re.S.P.Ch.».-
INSTITUTO PROVINCIAL DEL AGUA
Res. N° 109 23-05-22
Artículo 1°.- DEJESE sin efecto la Resolución 56/
2017 AGRH – IPA a partir de la entrada en vigencia de la
presente.
Artículo 2°.- CONSIDERESE únicamente como de-
nominaciones válidas a aquellos Usos de aguas públi-
cas establecidas por la Ley XVII N° 53 y los considera-
dos y desglosados en la presente.
Artículo 3°.- CONSIDERESE dentro del «Uso Minero»
los usos ya establecidos por Ley, y el «Uso Petrolero».
Artículo 4°.- DESGLOSESE dentro del «Uso Minero»
el «Uso Minero-Petrolero» con subactividades de ex-
ploración y explotación de los mismos.
Artículo 5°.- CONSIDERESE el «Uso Remoción de
Bancos de Sedimentos» establecido por Resolución 51/
17-AGRH.
Artículo 6°.- CONSIDERESE dentro del «Uso de Le-
chos y Álveos», los cauces, Lechos subsuelo o
subálveos, riberas internas, canales de riego, desagües
y sus zonas de servicio, o cualquier otro bien integran-
te del dominio público hídrico.
Artículo 7°.- DESGLOSESE dentro del «Uso de Le-
chos y Álveos», las Infraestructuras de: puente, mue-
lles, marinas y los cruces de cauces naturales o artifi-
ciales, tanto transversalmente como longitudinalmente.
Artículo 8°.- CONSIDERESE dentro del «Uso Playas
Fluviales», las infraestructuras y actividades relacio-
nadas con camping, deportivas y/o recreativas.

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