Instituto Provincial Del Agua, Año 2023 - Res. N° 03, 04, 08 y 09

Fecha de publicación01 Febrero 2023
Tipo de documentoRESOLUCIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta14069
SecciónSección Oficial
BOLETÍN OFICIAL
PÁGINA 14 Miércoles 1 de Febrero de 2023
meses de junio a agosto de 2022, ha omitido presentar
depósito bancario de haberes y recibos de haberes
debidamente rubricados de los periodos junio, julio y
Agosto del 2022 de sus empleados dependientes y no
ha comparecido a la audiencia prevista dentro de la
instancia sumarial.-
Artículo 2°.- COMUNÍQUESE que el importe de la multa
impuesta fue graduado por esta cartera Laboral tenien-
do en cuenta la finalidad de la misma (revertir los pre-
suntos incumplimientos del infractor), la naturaleza de la
infracción (falta de presentación de documentación la-
boral, falta de pago de haberes y no concurrir a la au-
diencia prevista dentro de la instancia sumarial), la im-
portancia económica del infractor y los antecedentes
en esta cartera laboral de parte del infractor.-
Artículo 3°.- COMUNÍQUESE que la multa impuesta
en el Artículo 1°, deberá abonarse dentro de los tres (3)
días de notificada, mediante el depósito en el Banco del
Chubut S.A. (se adjunta boleta para tal fin) y una vez
realizado el pago deberá acreditarse ante la Secretaría
de Trabajo Delegación Regional de Trelew, sito en Sar-
gento Cabral N° 1916 de la ciudad de Trelew, bajo aper-
cibimiento de iniciar el procedimiento previsto en el Artí-
culo 32 de la Ley Provincial X N° 15, que a sus efectos
se transcribe: «Firme la resolución sancionatoria la falta
de pago de la multa impuesta autoriza a la Secretaría de
Trabajo a proceder a su ejecución por ante el Juzgado
Letrado de Primera Instancia en lo Laboral competente.
Asimismo, podrá disponer la clausura del establecimiento
hasta el cumplimiento de la sanción, manteniéndose en-
tre tanto el derecho de los trabajadores al cobro integro
de sus remuneraciones».-
Artículo 4°.- INTÍMESE a la razón social SUR COMUNI-
CACIONES S.R.L. - CUIT N° 30-70822289-1 a dar cumpli-
miento a las disposiciones legales y/o convencionales
que reglamentan el trabajo en relación de dependencia.-
Artículo 5°.- INDICASE que el presente acto es defi-
nitivo en la vía administrativa y que el administrado cuenta
con el recurso de apelación, previo pago de la multa. El
recurso deberá interponerse fundado, en el término de
tres (3) días hábiles de notificado, y por ante la Secreta-
ria de Trabajo (Artículo 31° inciso 1 Ley Provincial X N°
15 que sus efectos se transcriben: «La resolución que
imponga la multa podrá ser apelada previo pago de ésta
dentro de los tres (3) días hábiles de notificado. El re-
curso se interpondrá por ante la autoridad que aplico la
sanción y deberá ser fundado. Las actuaciones con-
juntamente la apelación serán remitidas dentro del quin-
to (5°) día hábil del Juzgado de Primera Instancia con
competencia en lo laboral y jurisdicción en el lugar don-
de se hubiere comprobado la infracción para su resolu-
ción definitiva»).-
INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y
DESARROLLO URBANO
Res. Nº XVI-02 25-01-23
Artículo 1°.- Aceptar la renuncia interpuesta por el
agente FERNANDEZ, Jorge Horacio (DNI N° 8.526.296 -
Clase 1951), a partir del 01 de enero del 2023, al cargo
Ingeniero «B» - Código 4-054 - Clase II - Categoría 15 -
Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanen-
te, dependiente de la Dirección de Construcciones -
Dirección General de Planificación, Proyecto y Ejecu-
ción de Obras de la Gerencia General del Instituto Pro-
vincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, para aco-
gerse a los beneficios de la jubilación por invalidez de
acuerdo a lo establecido por la Ley XVIII N° 32.-
Res. Nº XVI-03 25-01-23
Artículo 1°.- Aceptar, la renuncia interpuesta por el
agente LAGO, Lautaro (DNI N° 24.133.464 - Clase 1974),
al cargo Director de Construcciones – dependiente de
la Dirección General de Planificación, Proyecto y Ejecu-
ción de Obras de la Gerencia General del Instituto Pro-
vincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, a partir del
01 de enero del 2023.-
INSTITUTO PROVINCIAL DEL AGUA
Res. N° 03 23-01-23
Artículo 1°: REGULARICESE la bajada sobre al Río
Chubut existente en la propiedad del Sr. Enrique Julio
Canteriño identificada como Parcela 18 de la Quinta 16,
subdivisión de la Parcela 1, de la ciudad de Rawson,
Departamento Rawson, provincia del Chubut, confor-
me especificaciones obrantes en el expediente.
Artículo 2°: ESTABLECESE que la presente resolu-
ción es sin perjuicio de las restantes autorizaciones
legales que correspondan.
Artículo 3°: HÁGASE saber que, conforme al Artí-
culo 115 Ley XVII-N° 3 Código de Aguas, la presente
resolución no implica autorización para efectuar obras
sin la autorización debida.
Res. N° 04 23-01-23
Artículo 1°: OTORGASE Permiso de Derecho de Uso
de Agua Pública (Uso Agrícola-Pecuario) proveniente
del Arroyo Telsen, cuyas coordenadas geográficas de
las tomas son: toma 1 42°22’0.97"S-67°0’34.06" O y
toma 2 42°22’16.16"S-67"01’37.03" O, a favor del Sr.
Gustavo Adrián Lincopan, en los Términos de la Ley
XVII- N° 53, conforme las condiciones que establece la
presente Resolución.-
Artículo 2°: EL PERMISO otorgado en el Artículo 1°
es exclusivamente para ser utilizado en un caudal
aproximado de 46,70 m3/año para su utilización en la
actividad desarrollada con la cría de 32 animales y un
caudal aproximado de 61.440,00 m3/año (0,39 I/ha.s),
para su utilización de riego primario con fines agrícola
de 5,12ha, durante los meses de octubre a marzo de
cada año, por un periodo de cinco años, en el inmueble
identificado como legua a del lote 22, Fracción A, Sec-
ción A-II, localidad de Telsen, Provincia del Chubut.-
Artículo 3°: ESTABLECESE que de advertirse even-
tuales irregularidades en el funcionamiento hidráulico
atribuibles a los trabajos realizados por el solicitante,
deberá efectuar a su cargo las reparaciones corres-

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