Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 5 de Octubre de 2022, expediente COM 003153/2022

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA c/ VERITRAN HOLDING

LTD s/ORGANISMOS EXTERNOS

Expediente N° 3153/2022/CA01

Buenos Aires, 05 de octubre de 2022.

Y VISTOS:

  1. La Inspección General de Justicia dedujo recurso extraordinario federal contra la sentencia dictada por este tribunal, a través de la cual se dejó sin efecto la Res. Particular N° 66/2021.

  2. Lo decidido en autos no fue contrario a la validez de ningún acto o resolución de autoridad “nacional” en los términos del art. 14, inc. 1° y , de la ley 48, por cuanto la decisión fue adoptada en el marco de las funciones de carácter eminentemente local que tiene dicho organismo en materia societaria, lo cual descarta la viabilidad de conceder con tal base el recurso de marras.

  3. De otro lado, la impugnante considera que la resolución de la Sala es arbitraria, en lo cual tampoco le asiste razón.

    Así lo consideramos pues los argumentos que a estos efectos han sido explicitados no demuestran ningún desacierto que dé pie a la admisibilidad formal del recurso extraordinario por la vía anómala de la doctrina de arbitrariedad, que, como bien se sabe, ha sido desde antiguo reservada por vía pretoriana a los casos de defectos graves de fundamentación y razonamiento (M., A.M.–.R.C., R.: “Práctica del recurso extraordinario”, La Ley, Bs. As., 2009, p. 47/50).

    En efecto, ha dicho la Corte Suprema que, para que se configure la situación de arbitrariedad invocada, la sentencia recurrida debe adolecer de una manifiesta carencia de fundamento normativo, o bien de fallas en el razonamiento lógico que la sustenta (Fallos 329:4577; 330:4633; 304:1546;

    Fecha de firma: 05/10/2022 307:1037, entre muchos otros).

    Alta en sistema: 06/10/2022

    Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: E.R.M., VOCALGENERAL DE JUSTICIA c/ VERITRAN HOLDING LTD s/ORGANISMOS EXTERNOS Expediente N°

    INSPECCION 3153/2022CA01

    Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

    En otros términos, sentencia arbitraria es concepto restringido a supuestos de gravedad extrema en los que media un apartamiento inequívoco de la solución normativa prevista para el caso o una absoluta carencia de fundamento (Fallos:248:129; 286:212; 307:74).

    Sentencia arbitraria es la insostenible, concepto que bien puede identificarse con el clásico canon creado por la Corte Suprema en el sentido de que arbitraria es la sentencia desprovista de todo apoyo legal, fundada tan sólo en la...

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