ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE CLORINDA

Fecha de disposición13 Septiembre 2013
Fecha de publicación30 Septiembre 2013
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta32733

Sección Sumarios, 13/9/2013

— EDICTO - (VISTA DE LEY) —

Por tratarse de ciudadanos de nacionalidad extranjera y con residencia en el exterior, desde las Actuaciones que se mencionan, se hace saber a las personas involucradas en los presentes el Acto Administrativo Providencia Vista de (Ley), s/ Inf. Art. 947 y 987 del C.A. CORRASE VISTA a quien resulte interesado en estos actuados citándolo y emplazándolo a que en el perentorio término de DIEZ (10) días hábiles administrativos, con más la aplicación por la distancia que prevé el Art. 1.036 del mismo Código, se presente a estar a derecho, evacúe su defensa, ofrezca todas las pruebas conducentes de que intentaren valerse en un mismo escrito, bajo apercibimiento de declarárselo REBELDE y tener por constituido el domicilio en sede de esta oficina aduanera (arts. 1001, 1004 y 1105 C.A.) y en caso de presentarse a estar a derecho por interpósita persona, el presentante deberá acreditar la personería invocada en su primera presentación en la forma prevista en el Art. 1.030 del C.A.. Asimismo el monto de la multa que deben abonar, podrán ser abonados personalmente o de contado en el Banco de la Nación Argentina en pesos al tipo de cambio vendedor del día anterior al de su efectivo pago, mediante la utilización del OM-2132, consignándose en el mismo los números de CUIT/DOCUMENTO N° 33-69345023-9 en Dupla AFIP/AFIP y efectuar el depósito en la Cuenta Unica Recaudación SIM 3601/48, Código 000. El mismo día de efectuado el depósito se deberá comunicar a esta aduana (Sección Contabilidad) al teléfono (03718) 429-430 o por Fax al (0718) 421-195, para la afectación del pago, indicando el número de Sumario correspondiente.

a: ALBERTO DANIEL BENITEZ DIAZ, C.I. N° 3.444.162 (Py). Actuación N° 12274-411-2009 (SC12-N° 404/11), s/ Inf. Art. 947 C.A. “CLORINDA, 23 NOV 2011. VISTO ... HAGASE SABER que de determinarse su responsabilidad en los hechos investigados: el importe que la multa mínima es el equivalente a dos veces el valor en plaza de la mercadería secuestrada, en los términos del art. 947 del C.A. NOTIFIQUESE con copia de la Valoración N° 645/2009. Firmado y Sellado Abog. Maria Virginia Paredes-Administradora-Aduana de Clorinda”. Resulta de la Valoración N° 645/09, de fecha...

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