Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 6 de Septiembre de 2022, expediente CIV 062572/2021/CA001

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D

62572/2021 -INGRASSIA, ANTONIO Y OTRO s/SUCESION AB-

INTESTATO.

Buenos Aires, de septiembre de 2022. PS

Y Vistos. Considerando:

La providencia de fojas 104, en virtud de la cual se hizo saber a los presentantes de fojas 103 -quienes requirieron ampliación de la declaratoria de herederos- que, en atención a que M.Á.I. no resulta ser causante en las presentes actuaciones, debían iniciar el proceso sucesorio correspondiente, es ajustada a derecho.

En efecto, en el caso M.C.I., N.V.I., C.E.I. y C.M.I., presentados en autos en su carácter de herederos del hijo del causante, requirieron que se amplíe la declaratoria de herederos dictada en autos, por resultar su padre,

(M.Á.I., el único heredero de aquél, en razón de la renuncia a la herencia ratificada por R.I. el día 23-03-2022.

Sobre el particular, debe ser tenido en cuenta que los causantes fallecieron antes que su hijo M.Á.I., y precisamente por ello fue declarado heredero de los causantes, en tal carácter.

En tal tesitura, y como bien destaca el señor Fiscal de Cámara, los apelantes en su condición de sucesores de M.A.I., sólo cuentan con vocación hereditaria respecto de este último, pero no en relación a los causantes, ni por derecho propio, como tampoco en representación pues -como quedó

dicho- M.Á.I. falleció con posterioridad a sus padres.

Fecha de firma: 06/09/2022

Alta en sistema: 07/09/2022

Firmado por: P.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.G.R., JUEZ DE CAMARA

Como corolario de lo expresado, y demás...

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