Sentencia nº DJBA 158, 21 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 7 de Diciembre de 1999, expediente P 71916

PonenteJuez PETTIGIANI (SD)
PresidentePettigiani-San Martín-de Lázzari-Ghione-Laborde
Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 1999
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL:

La parte sostiene que el art. 134 de la ley 8031 quebranta el art. 15 de la carta local (v. fs. 89/91).

Sobre el tema, esta Procuración General tiene dicho que el susodicho art. 134 no invierte la carga probatoria sino que determina los efectos que en ese terreno produce el acta en cuestión art. 9 de la Constitución provincial (conf. causa P. 59.310 del 91195).

Luego denuncia “estado de indefensión” y violación del art. 18 de la Constitución nacional. Este agravio también resulta improcedente toda vez que funda su argumento en normas de carácter federal y, por ende, ajenas a la vía intentada.

Por lo expuesto y de conformidad a lo dictaminado en causa P. 58.030 del 291195, opino que V.E. debe rechazar este recurso.

La P., 8 de abril de 1999 E.M. De La Cruz

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a siete de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores P., S.M., de L., G., L. se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 71.916, “P., R.. Infracción al art. 96 inc. f) del dec. ley 8031/73”.

A N T E C E D E N T E S

La Sala Tercera de la Excma. Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de Mercedes condenó a R.P. a la sanción de treinta días de arresto y ciento veinte pesos de multa, con costas, por la infracción prevista en el art. 96 inc. f) del decreto ley 8031/73.

El defensor particular interpuso recurso extraordinario de inconstitucionalidad.

Oído el señor P. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor P. dijo:

Comparto lo dictaminado por el señor P. General en cuanto al rechazo del recurso impetrado.

  1. Sostiene el impugnante la inconstitucionalidad del art. 134 del dec. ley 8031/73 señalando que conculca el derecho de defensa en juicio consagrado por el art. 15 y conc. de la Constitución provincial al invertir la carga de la prueba...forzando al individuo a demostrar una inocencia que debe presumirse lo que afirma...constituye un estado de arbitrariedad manifiesta... fs...

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