Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 31 de Marzo de 2022, expediente COM 024430/2016/CA007

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

INDUSTRIAS ALIMENTICIAS MENDOCINAS S.A. Y OTRO

s/QUIEBRA

ExpedienteN° 24430/2016

Buenos Aires, 31 de marzo de 2022.

Y VISTOS:

  1. Viene apelada por sus beneficiarios la regulación de honorarios –y su posterior aclaratoria-, efectuada por el magistrado a quo con motivo de la presentación del informe final (art. 218 LCQ).

  2. En tanto el recurso de apelación comprende al de nulidad por defectos de sentencia, los argumentos que sobre el particular han sido levantados por los quejosos serán considerados por el tribunal –en lo pertinente-, con motivo de la revisión del decisorio impugnado.

  3. Por lo pronto y tratándose de una regulación de honorarios efectuada con motivo de la presentación del aludido informe, no corresponde atenerse a las disposiciones arancelarias de las leyes locales (arg. art. 271, primer párrafo LCQ).

    Ello descarta, por ende, que, tal como se hiciera en la resolución apelada, los emolumentos de marras deban ser fijados en UMA.

  4. A los efectos de determinar el pie arancelario, debe estarse al activo realizado (art. 267 LCQ).

    En la especie, parte de los fondos obtenidos fueron invertidos en moneda extranjera, de modo que las quejas levantadas por los apelantes se centran en la pauta de conversión utilizada por el primer sentenciante, a los Fecha de firma: 31/03/2022

    Alta en sistema: 04/04/2022

    Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

    INDUSTRIAS ALIMENTICIAS MENDOCINAS S.A. Y OTRO s/QUIEBRA Expte. N°24430

    Firmado por: E.R.M., VOCAL

    Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

    efectos de lograr una unidad de cuenta que posibilite obtener una base homogénea.

    En el marco de los juicios individuales vinculados a reclamos en moneda extranjera, ha dicho esta Sala que, a los efectos arancelarios, su conversión debe realizarse atendiendo a la paridad cambiaria que se informa para la operatoria MEP, en tanto ella es la que mejor representa el efectivo interés económico comprometido en el asunto (“Perform Content Limted c/ Metro World Digital SA y otro s/ medida precautoria”, del 30/12/21).

    Ese principio es susceptible de ser trasladado también a casos como el presente, si se tiene en consideración que se trata de una operatoria autorizada y reglamentada, que trasluce de mejor modo el interés económico comprometido en la cuestión al referir al valor del dólar usualmente utilizado en materia transaccional, en la que, en cambio, no tiene protagonismo usual el llamado dólar oficial, exclusivamente destinado a operaciones de comercio exterior.

  5. Atendiendo a esas pautas corresponde retribuir las tareas de los profesionales intervinientes en mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de las tareas desarrolladas por ellos.

    En tal sentido, cabe tener presente que si bien el estudio de contadores “Celano y R. no fue designado como sindicatura en este proceso universal, su nombramiento –que se encuentra firme y consentido- tuvo por designio el cumplimiento de específicas tareas.

    Así, en el marco del concurso preventivo su designación lo fue con el carácter de veedor, función que se mantuvo tras el decreto de quiebra,

    oportunidad en la que se especificó que contaban con facultades de control y de asesor especial del tribunal en los términos del art. 191 inc. 1° LCQ,

    Fecha de firma: 31/03/2022

    Alta en sistema: 04/04/2022

    Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: E.R.M., VOCAL

    Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

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