Sentencia de CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ, 13 de Septiembre de 2013, expediente FPA 022000030/2013

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2013
EmisorCÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 22000030/2013 raná, 13 de septiembre de 2013.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “D´INDIO C.M. CONTRA PAMI SOBRE AMPARO”, Expte. N° FPA 22000030/2013, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de Paraná, y; CONSIDERANDO:

I- Que, vienen las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado a fs. 79/83 vta. por la parte actora contra la resolución de fs. 76/78 vta. que rechaza la demanda interpuesta, con costas a la actora vencida, regula honorarios y tiene presente la reserva del caso federal.

El recurso se concede a fs. 86, contesta agravios la demandada a fs. 87/90 y quedan los autos en estado de resolver a fs. 94 vta.

II-

  1. Que, la actora considera agraviante la decisión del a-quo acerca de que no surgían de las pruebas acompañadas las razones que ameriten la internación de la Sra. D. en la Residencia Gerontológica Privada SRL, cuando las mismas se dan por sobreentendidas y ningún médico está obligado a darlas, por estar amparados por el secreto profesional. También sostiene que el PAMI debía dar las razones que indicaban la Clínica Almafuerte como lugar idóneo para el tratamiento, por estar en mejores condiciones para aportar la prueba, en virtud de la teoría de las cargas probatorias dinámicas. Cita los artículos pertinentes de la ley 24.091 que considera aplicables, refiere a las pruebas obrantes en autos. Concluye que debe admitirse la demanda, ya que el PAMI hizo un ofrecimiento diferente al solicitado por el cuerpo médico tratante, lo que implica una negativa, y por ello se demostró la arbitrariedad e ilegalidad de su accionar.

  2. Que, la demandada al contestar agravios, solicita la confirmación del fallo, coincidiendo con el a-quo acerca de la falta de acreditación de las razones que ameriten la internación de la Sra. D. en la Residencia Gerontológica Privada SRL.

    III-

  3. Que, la Sra. C.M.D., en representación de su madre, L.M.D. quien padece síndrome demencial tipo A. e incontinencia urinaria, deduce acción de amparo contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (I.N.S.S.J.P. – PAMI), solicitando la cobertura total e integral de la internación en la Residencia Gerontológica Privada S.R.L.

    La accionada contesta el informe del art. 8 de la ley 16986 e invoca que la Residencia Geriátrica Rivadavia no es prestadora suya, por lo que ofrece cubrir la prestación de internación...

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