Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata , 13 de Septiembre de 2012, expediente 5.101

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2012

Poder Judicial de la Nación La Plata, 13 de Septiembre de 2012.

VISTO: Este expediente 5101, “Incidente de suspensión de juicio a prueba a favor de R.R.H. ”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes.

Y CONSIDERANDO:

EL JUEZ ÁLVAREZ DIJO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Alzada en virtud de los recursos de apelación interpuestos a fojas 34/35 por la Sra. Fiscal Federal, Dra.

    S.R.C., y a fojas 29/31 por la Sra. Defensora Oficial, Dra. M.B.M., en representación de H.R.R., ambos contra la resolución dictada, a fs 21/22, por el magistrado de primera instancia,

    Dr. L.A.A., por la cual declaró no hacer lugar a la petición de suspensión del juicio a prueba formulado por USO OFICIAL

    el imputado.

    El Señor Fiscal General ante esta Cámara mantuvo el recurso de apelación en subsidio de la Sra. Agente F. y adhirió al recurso interpuesto por la Sra. Defensora Oficial,

    y presentó el informe escrito a fs. 48/49 y vta., mientras que la Sra. Defensora Oficial, M.I.S. presentó

    el informe a fs. 53/54 y vta.

  2. Cabe señalar que la conducta que se le imputa a H.R.R., ha sido encuadrada en la figura de falsificación de documento público destinado a acreditar la identidad de una persona, prevista y reprimida por el artículo 292 segundo párrafo del Código Penal.

    A fojas 1/2 del presente incidente, el imputado y la Sra. Defensora Oficial, Dra. M.B.M.,

    solicitaron la concesión del beneficio de suspensión del juicio a prueba, en las condiciones y con los alcances previstos por el artículo 76 bis del Código Penal.

    En consecuencia, el a quo ordenó la formación del incidente respectivo y corrió vista a la Sra. Fiscal a fin de que se expida en punto a lo solicitado. La Dra. C. expresó que previo a expedirse acerca de la viabilidad de la aplicación del instituto en esta etapa procesal, se cumplimenten ciertas medidas por ella solicitadas (ver fs.

    4).

    Sin embargo, el magistrado de primera instancia resolvió no hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba solicitado. ( ver fs. 21/22 y vta.)

  3. Ahora bien, las circunstancias del presente caso resultan sustancialmente análogas a las analizadas por esta Sala II en el expediente 5645, “Incidente de suspensión de juicio a prueba”, resuelto el 8 de abril de 2010, en el que el Tribunal estableció que la suspensión del juicio a prueba resulta viable durante la etapa de instrucción (ver,

    en el mismo sentido, el voto del Dr. S. en el expte.

    5120, “Incidente N° 1 de suspensión de juicio a...

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