Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 24 de Agosto de 2016, expediente FMZ 055017381/2010/6/CA002

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 55017381/2010/6/CA2 Mendoza, 24 de Agosto de 2016.-

Y VISTOS:

Los presentes autos N° FMZ 55017381/2010/6/CA2, caratulados: “INCIDENTE DE NULIDAD EN AUTOS DARONI ALFREDO, GIL CECILIA ANDREA p/ HOMICIDIO CULPOSO (ART. 84 2º PÁRRAFO)- ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL. DEB.

FUNC. PUBL. (ART. 248)- INCUMPL. DE AUTOR. Y VIOL. DEB.

FUNC. PUBL. (ART. 249)”, venidos del Juzgado Federal de San Juan Nº 2, a esta Sala “B”, en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.

12/13 vta. por la defensa del imputado D.A., en contra de la resolución de fs. 7/8 vta. en cuanto no hace lugar al planteo nulificatorio efectuado a fs. 1/2 vta.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, contra la resolución obrante a fs. 7/8 vta. la defensa del imputado deduce recurso de apelación motivado invocando la nulidad de lo actuado, el cual fue concedido según constancia de fs.

    14.

    En dicha oportunidad se agravió, en primer lugar, de que el auto apelado lesiona severamente la garantía del debido proceso al otorgar el carácter de firme a sus decisiones sin esperar el pronunciamiento de los órganos superiores de revisión.

    En segundo lugar, se agravia de la clausura extemporánea de la instrucción la cual tiene por finalidad producir anticipadamente un acto interruptivo de la prescripción de la acción penal.

    Por todo lo expuesto solicita la nulidad de lo actuado desde el decreto obrante a fs. 1245 en adelante.

    Fecha de firma: 24/08/2016 Firmado por: R.N. -R.A.F., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza Firmado(ante mi) por: G.L.T., Secretaria de Cámara #27779912#160005572#20160822102153808

  2. Ya en esta Alzada, a fs. 19 y vta., el Sr. Fiscal General ante esta Cámara Federal, informa el recurso interpuesto. En el mismo expresa que corresponde rechazar el recurso interpuesto por el apelante y confirmar la resolución que desestimó el planteo de nulidad, por las razones que expone y a las cuales nos remitimos en honor a la brevedad.

  3. Que a fs. 20/23 vta. se presenta la defensa e Informa recurso. En dicho informe, reitera los argumentos expuestos en su primera presentación, solicitando nuevamente la declaración de nulidad de lo actuado.

  4. Que analizadas las constancias de autos y las posturas de las partes, esta Alzada estima que debe rechazarse el planteo de nulidad interpuesto por la defensa, por las razones de hecho y de derecho que, a...

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