Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 27 de Junio de 2019, expediente COM 100344/2002/92/CA022

Fecha de Resolución27 de Junio de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala E

100344 / 2002 Incidente Nº 92 - INCIDENTISTA: AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A. s/INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 100344 / 2002 Incidente Nº 92 – SOCIEDAD ESPAÑOLA DE BENEFICENCIA s/ QUIEBRA s/ INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO DE AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A.

Juzg. 22 S.. 43 14-15-13 Buenos Aires, 27 de junio de 2019.-

Y VISTOS:

De conformidad con lo normado por el art.

287 de la Ley 24.522, en los incidentes de revisión, deben regularse los honorarios de acuerdo a lo previsto para los incidentes por las respectivas leyes arancelarias locales.

Por otro lado, por disposición de la Ley 27.423, correspondería aplicar el art. 47 para fijar los honorarios correspondientes a las labores profesionales cumplidas en incidentes y tercerías, ya sea que éstas tramiten autónomamente o dentro de un mismo juicio.

Sin embargo, el Decreto N° 1077/17 –de promulgación de la ley arancelaria vigente- observó dicho artículo, lo que conlleva a una falta de norma concreta en materia incidental, a los efectos regulatorios.

En consecuencia, y a fin de fijar una retribución equitativa en el marco de la nueva ley Fecha de firma: 27/06/2019 Alta en sistema: 29/07/2019 Expte.

Firmado por: M.F.B., JUEZ N° 100344 /

DE CAMARA Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CAMARA 2002 1 Firmado por: H.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA #32300033#235871671#20190627125028555 100344 / 2002 Incidente Nº 92 - INCIDENTISTA: AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A. s/INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO arancelaria, serán de aplicación las pautas generales establecidas en los artículos 16, 21 y 29 inc. g) de la ley, y sin desconocer que la presente se trata de una actuación desprendida de un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR