Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 20 de Febrero de 2019, expediente FTU 015878/2015/TO01/9
Fecha de Resolución | 20 de Febrero de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO AUTOS: “Incidente Nº 9 - SOLICITANTE: TAPIA, ANTONIO DOMINGO IMPUTADO: TAPIA, H.I. Y OTROS s/ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS” – EXPTE. N°
15878/2015.
S. delE., de febrero de 2019. OC VISTO:
Para resolver la solicitud de aplicación del art. 140 de la ley 24.660 (estímulo educativo) deducida in pauperis forma por el interno H.I.T., efectuada por la Sra. Defensora Pública Oficial a fs. 258/262 de las presentes actuaciones; y CONSIDERANDO:
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A fs. 288 de estas actuaciones, obra presentación in pauperis forma del interno H.I.T., impetrando que el Tribunal aplique a su favor los beneficios previstos en el artículo 140 de la Ley 24.660.
Ello, atento a que el precitado interno ha cursado y aprobado en el ciclo lectivo 2018, el taller de “Montador Electricista”, con una duración anual. Tal extremo es acreditado mediante la presentación del certificado pertinente, el cual luce a fs. 290 de autos.
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Conferida vista al Ministerio Público Fiscal, mediante Fecha de firma: 20/02/2019 Firmado por: FEDERICO BOTHAMLEY, Juez de Cámara Firmado por: A.J.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: W.P. CURA EDIPPO, Secretario de Cámara #31581491#226933286#20190218093855880 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO dictamen agregado a fs. 299 de autos, se expide de manera favorable respecto de la aplicación de los beneficios establecidos en el artículo 140 de la Ley 24.660; considerando que correspondería en la especie que se redujera un mes en total, en el avance de progresividad de la pena, en relación al cursado y aprobado el taller de “Montador Electricista”, durante el período lectivo 2018, en virtud de lo dispuesto en el inciso “a” del artículo 140 de la ley 24.660.
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Ahora bien, previo a analizar la cuestión en su arista sustancial, es menester analizar la modificación a la ley de ejecución de la pena privativa de la libertad Nº 24.660, en su Capítulo VIII, introducida por la ley Nº 26.695 (B.O. 29/08/2011), que en su art. 140 “Estímulo Educativo”, señala los plazos requeridos para el avance, a través de las distintas fases y períodos de la progresividad del sistema penitenciario, los cuales, se reducirán de acuerdo con las pautas que se fijan en este dispositivo legal, respecto de los internos que completen y aprueben satisfactoriamente total o parcialmente sus estudios primarios, secundarios, terciarios, universitarios, de...
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