Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 5 de Octubre de 2018, expediente FTU 032191/2013/TO01/74

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE TUCUMÁN Expte: 32191/2013 CAUSA: “Incidente Nº 74 – IMPUTADO: S., VÍCTOR ALBERTO S/ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS”

San Miguel de Tucumán, 05 de octubre de 2018.-

AUTOS Y VISTOS:

Que viene a resolución del Tribunal el recurso de Casación interpuesto en representación de V.A.S. a fs. 223/237, y CONSIDERANDO:

  1. Que el Defensor Público Oficial en representación de V.A.S., interpone recurso de Casación contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 18 de diciembre de 2017, cuyos fundamentos se dieron lectura el día 16 de marzo de 2018 y mediante la cual, se lo condenó a la pena de seis años de prisión.

    En la presente incidencia, se constató que el acusado condenado S., expresó su voluntad de recurrir (fs. 202), otorgándose nuevo plazo (fs. 203).

    Notificado de dicha providencia, el causante interpuso recurso de reposición, solicitando prórroga, la cual fue denegada por resolución de fecha 13 de junio de 2018. En el mismo auto, se designó como defensa del acusado, al Defensor Público Oficial (fs. 208/210).

    Obra a fs. 216, escrito del Ministerio Público de la Defensa, en el que manifiesta que luego de mantener una Fecha de firma: 05/10/2018 Firmado por: DRA. M.A.N., PRESIDENTA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #28887678#218211587#20181005115210261 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE TUCUMÁN entrevista con V.A.S., su asistido no desea esa representación y solicita se suspendan los términos para la interposición del recurso. A lo que se resolvió, por decreto de fs. 218, intimar al acusado a designar letrado defensor en el plazo de 3 días, bajo apercibimiento de continuar con la defensa oficial. Asimismo, no se hizo lugar a la suspensión de plazos.

  2. a fs. 221 (17/09/18), presentación del señor Defensor Público Oficial, en la que solicita se le haga saber si, V.A.S., había designado letrado particular.

    Esa petición se provee, con el correspondiente informe, a fs.

    221 y se notifica el día 18 de septiembre de 2018.

    Así, el día 21 de septiembre de 2018, la Defensa Pública Oficial, interpone recurso de casación, motivada en arbitrariedad y errónea aplicación de la normativa de fondo.

    II) A los fines del examen de admisibilidad formal que compete a este Tribunal, se tiene presente que la notificación a la Defensa Pública Oficial (fs. 221 vta.) y, en consecuencia, el...

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