Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 24 de Agosto de 2021, expediente FLP 113314/2018/72/CA017
Fecha de Resolución | 24 de Agosto de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-
Resistencia, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.
VISTO:
El presente expediente registro Nº FRE 113314/2018/72/CA17, caratulado:
INCIDENTE DE ENTREGA DE BIENES REGISTRABLES DE PERTICARO
LEANDRO ANDRES
, proveniente del Juzgado Federal de Resistencia N° 2, del que;
RESULTA:
-
Que el presente incidente se origina en virtud de la presentación efectuada por
el Dr. S.M.V., en representación de L.A.P., por la que
solicita la restitución del vehículo marca BMW, modelo 028M3, dominio AA 853 BN, con
su respectiva documentación, el que fue secuestrado en virtud del procedimiento realizado
por personal de Prefectura Naval Argentina y personal de Aduana Barranqueras en fecha
25/06/2019 en la propiedad de C.V..
A los fines de una mejor comprensión de las cuestiones arribadas a este
Tribunal, procede señalar que el Sr. F., al evaluar la procedencia de la restitución
señalada, requirió al Registro de la Propiedad del Automotor Seccional Nº 9 de San Isidro
la remisión del Legajo B del automóvil en cuestión. De dicho informe y demás constancias
obrantes en autos surge que el solicitante, L.A.P., figura como titular
registral del vehículo en cuestión. Sin embargo señaló que el rodado fue secuestrado en la
propiedad de V. y bajo su órbita de poder, habiendo expresado oportunamente este
último ser el propietario del vehículo sin haber perfeccionado aún su transferencia.
Por lo que el F. dictaminó en contra de la restitución del mismo al entender
que dicho vehículo podría estar involucrado en las maniobras de lavado de activos
investigadas.
Que el J. rechazó la restitución del bien, expresando que en la presente
investigación se observa una supuesta organización dedicada al lavado de activos con una
estructura compleja, advirtiéndose una gran cantidad de vehículos automotores registrados
a nombre de personas físicas y jurídicas, actuando como testaferros de sus verdaderos
propietarios. Sumado a lo anterior, remarcó el hecho de que C.V. manifestó en
el incidente Nº 55 (de la presente investigación) ser el propietario de dicho vehículo.
-
Contra lo resuelto, el peticionario interpone recurso de apelación alegando
que la injustificada negativa de la devolución del vehículo causa un gravamen irreparable,
siendo que L.A.P. no se encuentra imputado en el proceso y es ajeno al
hecho investigado, afectándose su propiedad privada.
Fecha de firma: 24/08/2021
Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: P.B.G., JUEZ SUBROGANTE
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba