Sentencia de TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 1 de Noviembre de 2017, expediente CCC 022797/2017/TO01/7
Fecha de Resolución | 1 de Noviembre de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 22797/2017/TO1/7 nos Aires, 1° de noviembre de 2017.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en el presente incidente sobre la solicitud de
excarcelación formulada por el señor Defensor Público Coadyuvante de
la Defensoría General de la Nación, Dr. M. en favor de su
asistido D. R. G., actualmente alojado en el Complejo
Penitenciario Federal Nro. I de Ezeiza, a la orden de este Tribunal.
RESULTA:
Que por sentencia no firme de fecha 9 de octubre de 2017,
este Tribunal resolvió condenar a D., a la pena de
un año y seis meses de prisión y costas, por haber sido hallado coautor
penalmente responsable del delito de robo en poblado y banda, en grado
de tentativa causa n° 9037 y a la pena única de tres años y diez meses
de prisión y accesorias legales, comprensiva de la pena impuesta
precedentemente y de la pena única de tres años y dos meses de prisión
accesorias legales y costas, impuesta el 7 de junio de 2016 por el
Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 9 en la causa n° 5163,
debiendo regir las costas por sus respectivos pronunciamientos.
Asimismo, en dicha oportunidad se dispuso revocar la libertad asistida
concedida a D., el 12 de abril de 2017 por el Juzgado
Nacional de Ejecución Penal n° 4, en el legajo n° 158.971 (art. 56 de la
ley n° 24.660) y notificar a la Sra. Fiscal General el legajo de ejecución
158.971 seguido a G., a los fines que estimara corresponder.
Que conforme surge del cómputo practicado a su respecto,
cuya copia obra a fs. 2 del presente incidente, G. cumplió en
detención, al día de la fecha, 3 años, 2 meses y 14 días,
Fecha de firma: 01/11/2017 Alta en sistema: 02/11/2017 estableciéndose que la pena impuesta vencerá el 18 de junio de 2018.
Firmado por: M.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.S., SECRETARIO #30672162#192545685#20171101134503471 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 22797/2017/TO1/7 Y CONSIDERANDO:
I) Que el Sr. Defensor Público Oficial Coadyuvante
solicitó la excarcelación de su asistido bajo caución juratoria, sobre la
base de lo dispuesto en el artículo 317, inciso 5°, del Código Procesal
Penal de la Nación, por considerar que G. se encuentra en
condiciones temporales de acceder a la libertad solicitada y que observó
con regularidad los reglamentos carcelarios.
Asimismo, con relación a la declaración de reincidencia,
sostuvo que atendiendo a que no fue solicitada por...
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