Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN JUAN - SECRETARIA, 17 de Septiembre de 2019, expediente FMZ 054004613/1976/TO02/66

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN JUAN - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN JUAN Mendoza, 17 de septiembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS: Los presentes N° FMZ 54004613/1976/TO2/66, caratulados “INCIDENTE DE AUTORIZACIÓN DE SALIDA DE ORTEGA, R.A. y; CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. sub. 40 la defensa técnica de R.A.O. solicitó ampliar el ámbito de las caminatas que el nombrado realiza alrededor de la manzana de su domicilio, conforme fuera oportunamente autorizado.

    En este sentido, la defensa acompañó copia de resumen de historia clínica de R.A.O., de fecha 26 de junio de 2019, suscripto por el Dr. J.A.(.médico neurólogo), quien recomienda ampliar el recorrido de las caminatas.

    En consecuencia, con fundamento en la recomendación médica aludida, la defensa pública de O. pidió ampliar el radio de las caminatas a cuatro cuadras a la redonda desde su domicilio.

  2. Que a fs. sub. 41, glosa agregada copia de resumen de historia clínica de R.A.O., suscripta por medico particular, Dr. J.A.(.médico neurólogo), en la cual se expresa: “… se recomienda que al tratamiento farmacológico se le agregue realizar actividad física (caminar una hora diaria ampliando el recorrido), ya que esto complementa y potencia el efecto de la medicación.

    C., 26 de junio de 2019”.

  3. Que corrida vista al Ministerio Público Fiscal, refirió –en el mismo sentido que lo hizo al intervenir Fecha de firma: 17/09/2019 Firmado por: G.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.P.M. Firmado(ante mi) por: M.N.S., SECRETARIA FEDERAL #33416127#243440325#20190917180129322 con anterioridad sobre un pedido similar- que el planteo formulado por la defensa debe ser nuevamente rechazado, en virtud de no estar contemplada tal situación en la normativa que regula el arresto domiciliario.

    Asimismo, destacó el Sr. Fiscal General que la situación alegada no tiene entidad suficiente para morigerar aún más una medida que ya resulta excepcional, como es la prisión, domiciliaria.

    Concluye, que autorizar el pedido de la defensa desnaturalizaría el sentido y la finalidad de la medida de coerción –prisión preventiva- que pesa sobre el imputado; por lo tanto solicita que en lo sucesivo planteos similares se rechacen in limine. Cita jurisprudencia.

  4. Que llegado el momento de resolver, el tribunal entiende que el nuevo pedido de la defensa no puede prosperar y por tanto debe ser rechazado.

    Analizada que fuera la recomendación del médico particular del imputado -respecto de ampliar el radio de caminatas- no logra conmover el criterio plasmado por este tribunal en el interlocutorio de fecha 5 de junio del corriente año, mediante el cual se rechazó un pedido similar.

    En este sentido, entendemos que el “RESUMEN DE HISTORIA CLINICA” de fs. sub. 41, no logra fundar la ampliación del radio de caminatas, al tener en...

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