Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 27 de Febrero de 2023, expediente COM 027172/2019/62/CA100
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2023 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B
27172/2019/62 – ALERCON S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO S/
INCIDENTE DE REVISION DE CREDITO POR ONETO, ESTELA
CELINA
Juzgado N°13 - Secretaría N°25
Buenos Aires,
Y VISTOS:
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Para revisar los honorarios regulados al perito contador se considerarán el informe presentado, el tiempo insumido y se utilizará como pauta referencial las sumas comprometidas.
Sin perjuicio de ello este Tribunal estima conducente disponer,
de acuerdo a las previsiones del art. 1255 CCCN, que “si la aplicación estricta de los aranceles locales conduce a una evidente e injustificada desproporción entre la retribución resultante y la importancia de la labor cumplida, el juez puede fijar equitativamente la retribución” debiéndose adecuar aquella a su justa medida, por la cual habrán de valorarse especialmente las tareas llevadas a cabo por el profesional interviniente.
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Por todo lo expuesto, se confirman en 2 UMA -equivalentes a veinticuatro mil novecientos cincuenta y ocho pesos ($ 24.958)- los honorarios del perito contador C.A.P. (arts. 15 y 16 de la ley 27.423
y Ac. 3/23 de la CSJN).
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N. por Secretaría del Tribunal, conforme Ac. 31/11 y 38/13 CSJN.
Fecha de firma: 27/02/2023
Alta en sistema: 28/02/2023
Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA
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Cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Ac. 15/13 CSJN y devuélvase digitalmente el expediente a la anterior instancia dejándose constancia que la presente resolución obra únicamente en soporte digital.
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Firman las suscriptas por encontrarse vacante la vocalía nro. 6
(conf. Art. 109 RJN).
M. GUADALUPE VÁSQUEZ
MATILDE E. BALLERINI
Fecha de firma: 27/02/2023
Alta en sistema: 28/02/2023
Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA
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