Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 27 de Abril de 2021, expediente CCC 043756/2013/6/CA003
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2021 |
Emisor | CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B |
Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE INCOMPETENCIA FORMADO EN EL MARCO DE LA CAUSA N° CCC 43756/2013
CARATULADA: “COOPERATIVA DE CRÉDITO CONSUMO Y VIVIENDA INDEPENDENCIA
LIMITADA Y OTROS S/ INF. ART. 310 DEL C.P.”. J.N.P.E. N° 1, SECRETARÍA N° 2. CCC
43756/2013/6/CA3. ORDEN N° 30.238. SALA “B”.
Buenos Aires, de abril de 2020.
VISTOS:
La cuestión de competencia negativa suscitada entre el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 1 y el Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 5.
La presentación por la cual el señor F. General de Cámara contestó la vista que le fue conferida.
Y CONSIDERANDO:
-
) Que, la causa principal a la cual corresponde el presente incidente se inició en el fuero Nacional en lo Criminal y Correccional de esta ciudad, en la que con fecha 27 de noviembre de 2019 el señor juez a cargo del juzgado N° 39 de aquel fuero dictó el auto de procesamiento de G.A.L.F., de W.R.M., de F.D.A. y de S.E.B. por considerarlos coautores del delito de defraudación por administración fraudulenta, en concurso ideal con el delito de intermediación financiera no autorizada, y al mismo tiempo dispuso declarar la incompetencia de aquel juzgado, en razón de la materia, para entender en la causa y remitir la misma al Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 5, por haber tramitado, en este último tribunal, la causa N° CPE 1653/2016, caratulada “B., S.L. Y OTROS SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769 Y INF. ART. 310 –
INCORPORADO POR LEY 26.733”.
El auto de procesamiento mencionado fue confirmado por la Sala 4
de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la C.A.B.A., por considerar que “…las autoridades y apoderados de ‘Cooperativa de Crédito, Vivienda y Consumo Independencia Ltda.’ y ‘GEPF S.A.’ captaron sumas de dinero aportadas por diferentes inversionistas, bajo la promesa de la devolución del capital en el corto plazo y elevados retornos mensuales en concepto de intereses…los damnificados giraban sumas de dinero directamente Fecha de firma: 27/04/2021
Alta en sistema: 28/04/2021
Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.R.V., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación a las cuentas bancarias de la cooperativa, o bien lo hacían a través de la sociedad anónima aludida, en tanto entre ambas entidades existía un convenio de comisión y gestión. Dichos importes eran, a su vez, utilizados por la primera para otorgar créditos personales a trabajadores que pertenecían a organismos estatales o provinciales…En ese contexto y para formalizar la operatoria, los damnificados celebraban contratos de cesión de carteras de crédito con garantía y aforo con el personal de las firmas aludidas. No obstante, al poco tiempo, varios de ellos comenzaron a ver frustrada la percepción de los dividendos convenidos, lo que sumado a la falta de respuesta a sus reclamos,
comenzó alrededor del mes de junio de 2013 a quedar a luz la verdadera naturaleza fraudulenta de la oferta y giro de los imputados…”.
Para fundar la remisión de la causa al Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 5, el magistrado declinante manifestó que en atención a la naturaleza de las maniobras investigadas en este expediente, en las que no solamente se vio afectado el...
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