Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 19 de Diciembre de 2019, expediente CIV 040569/2015/6

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D Sala “D” – Autos: “B., M.

V. c/ G., G. L. s/ Autorización” (expte.

n° 40.569/2015/6 – J. n° 38)

Buenos Aires, de diciembre de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I – Viene el expediente a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 17/18 por la señora M.

V. B. contra la decisión de fojas 16 que no hizo lugar a la notificación del traslado de la demanda al domicilio laboral.

Con el memorial obrante a fojas 17/18, se funda el recurso. Solicita se revoque la decisión de grado y se autorice a notificar el traslado de la demanda al domicilio laboral o al constituido en los autos principales.

II – Si bien es cierto que la recurrente no cuestionó el decreto de fojas 14 por el cual se dispone que el traslado dispuesto a fojas 12 deberá practicarse en el domicilio real del demandado, no puede desconocerse que el pedido de autorización para tramitar el pasaporte español del hijo menor de edad es una cuestión incidental del principal y así fue entendido a fojas 12 al disponer que la pretensión de fojas 7/8 deberá tramitar en los términos del artículo 175 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

En esta inteligencia y teniendo en cuenta que en los expedientes conexos ambas partes tienen sus domicilios constituidos electrónicamente vigentes, no se advierte inconveniente alguno para que el traslado dispuesto a fojas 12 sea notificado al mismo, máxime si se tiene en cuenta que no se trata de una nueva demanda en términos estrictos, sino de un pedido de autorización para la obtención del pasaporte español para el hijo menor de edad, trámite para el cual resulta necesario contar con el consentimiento de ambos padres y hace a la responsabilidad parental.

Sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta lo que surge del memorial a estudio y en función del deber de lealtad, buena fe y probidad procesal...

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