Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 21 de Diciembre de 2020, expediente CFP 012132/2014/5
Fecha de Resolución | 21 de Diciembre de 2020 |
Emisor | CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1
CFP 12132/2014/5/CA5
CCCF - Sala I
CFP 12.132/2014/5/CA5
“I C, C y otro s/ sobreseimiento parcial Juzgado Nº 12 – Secretaría Nº 23
59.957 O.R.
Buenos Aires, 21 de diciembre de 2020.
Y VISTOS
Y CONSIDERANDO:
-
Llega a consideración del Tribunal, el recurso de la querella –A P- contra la resolución que dictó la prescripción de la acción de los delitos de defraudación y de intermediación financiera atribuidos a C I C y A D, disponiendo su sobreseimiento parcial.
El recurrente indicó que el juez analizó el hecho de manera aislada y fragmentada, prescindiendo de su análisis global. En este sentido, destacó que la defraudación está relacionada con los delitos de asociación ilícita y lavado de activos que también se atribuye a los encartados.
Recordó que en noviembre de 2012 D y C
adquirieron el paquete accionario que P poseía sobre la empresa Tanta Soft S.A., ocultando la existencia de un importante contrato que se ejecutaría en favor de la Secretaría de Inteligencia del Ecuador (SENAIN). De ahí que la empresa tenía un mayor valor del que fue dado a conocer a P y el consecuente perjuicio patrimonial derivado de su venta.
El avance de la investigación, no obstante, habría dejado de manifiesto que las conductas de los imputados no se ciñeron a aquel fraude.
La querella aseveró que ese contrato tenía la ilegal misión de desprestigiar en las redes sociales a un ex asambleísta de Ecuador. Esa tarea se pagó con fondos públicos del Estado ecuatoriano que luego serían ingresados a la Argentina mediante diversos actos jurídicos de conversión y administración destinados a Fecha de firma: 21/12/2020
Alta en sistema: 23/12/2020
Firmado por: I.S.Q., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CAMARA
otorgarles una apariencia lícita. Concatenado al delito de defraudación, por tanto, se hallaría el delito de lavado de activos.
Al margen, la intervención de funcionarios públicos ecuatorianos, tanto como el uso abusivo de diferentes empresas y jurisdicciones, evidenció que los imputados conformarían una asociación ilícita de carácter “transnacional”, lo que condujo a la querella a sostener que ellos hacía aplicable la causal de suspensión de la acción penal que no fue tenida en cuenta en la resolución atacada.
-
Tal como esta Cámara lo advirtiera en anteriores oportunidades, el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba