Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 15 de Noviembre de 2019, expediente FCR 002240/2013/TO02/5
Fecha de Resolución | 15 de Noviembre de 2019 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO - SECRETARIA EJECUCION PENAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 2240/2013/TO2/5 Incidente Nº 5 - IMPUTADO: KIVERLING , J.C.s.D.P.D. huaia, 15 noviembre de 2019.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa FCR 2240/2013/TO2/5 -
Incidente Nº 5 - IMPUTADO: KIVERLING , J.C.s.D.P.D.; Y CONSIDERANDO:
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Que nuevamente la defensa solicitó que la ejecución de la condena de su asistido se cumpliera bajo la modalidad de semidetención, ya denegada por el Tribunal –conf. fs. 26/28-, reiterando como argumento la condición de salud de su madre, ya que luego de lo resuelto tuvo un mayor deterioro y los otros familiares de la señora no le brindan la asistencia requerida (fs. 183/84).
Fundamentó su petición en lo normado en el art. 35 inc. f) 36 39, siguientes y concordantes de la Ley 24.660, el principio “pro homine” y el fin resociabilizador de la pena y que luego del rechazo del tribunal a la modalidad solicitada, las condiciones variaron ya que la condición de salud de su madre empeoró y los otros familiares de la Sra. N.G.M. no le brindan la asistencia requerida.
Que ante la sugerencia de la licenciada U., que recomendó que se le gestione a N.G.M. un acompañante terapéutico para hacer mandados, trámites, desarrollo de actividades fuera del hogar y ante la falta de recursos para acceder a un terapeuta en esa condición y así poder afrontar las obligaciones familiares es que solicitaba la prisión nocturna hasta el vencimiento del plazo de privación de libertad que le resta cumplir.
Fecha de firma: 15/11/2019 Firmado por: L.A.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA #32760979#249709433#20191115145044372 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TIERRA DEL FUEGO FCR 2240/2013/TO2/5 Incidente Nº 5 - IMPUTADO: KIVERLING , J.C.s.D.P.D. Para concluir, sostuvo, la decisión a adoptar debía resguardar el principio de intrascendencia de la pena a terceros, ya que la ausencia de único sostén emocional de la Sra. M. recrudeció en su cuadro de salud y una mayor necesidad de atención que debe ser atendida con urgencia.
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El Ministerio Público F. entendió que no se daba en el caso los presupuestos legales que permitirían acceder a la semidetención solicitada, en tanto no han variado las circunstancias médicas, ni familiares en las que se encuentra la Sra. M..
Si bien el último informe socio-ambiental realizado –fs.
193/94- surge que se siente muy sola y que manifestó su deseo que sea su hijo J.C. quien la cuide, del mismo se...
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