Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 9 de Febrero de 2018, expediente CFP 017663/2017/5

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 17663/2017/5 Sala

  1. CFP 17663/2017/5/CA1 “L. G., W.J. s/nulidad”

    Juzgado Federal n° 5. Secretaría n° 9.

    Buenos Aires, 9 de febrero de 2018.

    Y VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

  2. Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido a fs.

    18/23 por la Sra. Defensora Oficial Dra. F.G.P. contra la decisión de fs. 14/6 vta. por la que no se hizo lugar a la nulidad oportunamente articulada.

    En la oportunidad del informe in voce previsto por el art. 454 del código de forma y por las razones vertidas en dicha ocasión, el Dr.

    A.C. a cargo de su defensa oficial peticionó se revoque el auto en crisis y se declare la nulidad de su detención y de lo obrado en su consecuencia, y se sobresea a su representado ordenándose su libertad (cfr.

    fs. 44/53 y nota de fs. 54).

  3. Analizando la cuestión, advertimos en la decisión que viene a estudio que el Sr. Juez de grado no se ha hecho cargo de rebatir los cuestionamientos -novedosos según la parte, sustentados en prueba concreta producida en la causa- introducidos por la defensa de W.J.L.G. en torno a que su detención se produjo en un lugar y circunstancia distinta de aquélla reflejada en el acta que en copias luce a fs. 1/vta., limitando su respuesta a posturas doctrinarias sin, en realidad, adentrarse en la situación que fuera sometida a su estudio.

    Ello torna arbitraria la resolución por presentar una fundamentación aparente, lo que conduce a declarar su nulidad (art. 123 y ccdtes, del código de forma) y a reintegrar el presente a fin que valorando los distintos elementos sobre la cuestión -incluso...

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