Sentencia de SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 1 de Abril de 2016, expediente FRO 076000177/2011/5
Fecha de Resolución | 1 de Abril de 2016 |
Emisor | SECRETARIA DERECHOS HUMANOS |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS FRO 76000177/2011/5 Rosario, 01 de abril de 2016.
VISTO: en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones, en pleno el expediente nº FRO76000177/2011/5 caratulado “Incidente de prisión domiciliaria de Bellet, H. por allanamiento ilegal en concurso real con robo agravado fuerzas de seguridad art. 167 bis CP y falsedad ideológica” (originario del Juzgado Federal n° 2 de la ciudad de San Nicolás), del que resulta que:
Vienen los autos a conocimiento del Tribunal para dictar un nuevo pronunciamiento, con arreglo a lo dispuesto por resolución nº 1695/15 de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal (fs. 142/144 del expte. nº FRO 76000177/2011/13/RH1), por la cual se anuló el Acuerdo nº 82/14-DH, en cuanto confirmó la resolución nº 93/13 que concedió el arresto domiciliario al imputado H.B..
Y Considerando que:
Los Dres. J.G.T., E.P., C.F.C., E.V. y E.B. dijeron:
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) Ingresadas las actuaciones a estudio, el Dr. G.M. solicitó como medida para mejor proveer que se diera intervención al Gabinete Interdisciplinario de Diagnostico Psico-Físico y Social de esta Cámara a fin de evaluar el estado de salud de la cónyugue de su defendido, si requiere la asistencia de terceros y si existe algún familiar que pueda brindarle atención.
Previo a resolver, teniendo presente que ya quedó demostrado con informes oficiales de fechas 09-05-2014 y 29-04-2015 que la esposa de H.B., T. delC.S., debido a su patología requiere la asistencia de una tercera persona (fs. 171/175 y 82/83 del sumario donde tramitó la queja deducida por la fiscalía), y desconociéndose cuál ha sido la evolución de su estado de salud, el eje central de la decisión pasa por determinar en qué
condiciones actuales se encuentra la cónyuge del imputado, y en caso de mantenerse la situación anterior, quién podría hacerse cargo de su cuidado, y atendiendo que como posibilidad podría ser su hija F.B., quien reside Fecha de firma: 01/04/2016 Firmado por: EDGARDO BELLO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: É.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.F.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.P., JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE #15979094#150116545#20160401122712800 en la ciudad de Rosario, se aprecia conveniente la realización de un completo informe ambiental a su respecto.
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) Por todo lo expuesto, como medida para...
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