Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 29 de Marzo de 2016, expediente FTU 401015/2004/36/49/CA042

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

401015/2004 Incidente Nº 49 - IMPUTADO: TROTTA, H.S. s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, de 2016.

AUTOS Y VISTO: El recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fs. 16/18 y, CONSIDERANDO:

Fundamentos del señor Juez de Cámara D.E.C.W. y del señor C. de Cámara Doctor G.D.M.:

Que contra la resolución de fecha 30 de octubre de 2015, en la que se dispuso no hacer lugar, por el momento, al planteo de exención y prisión domiciliaria solicitada por la defensa de H.T., apela su defensa.

El recurso es interpuesto a fs. 19/43 y los agravios corren expresados a fs. 50/72.

Manifiesta el apelante que es procedente el arresto domiciliario del encartado por cuanto se trata de una persona de avanzada edad (80 años), que padece factores de riesgo por su hipertensión muy alto, por sus antecedentes de cáncer de colon no descartando una posible recidiva, con el lógico aumento del peligro en su salud.

Manifiesta que el encartado ha cumplido acabadamente con los requisitos impuestos para gozar del beneficio de arresto domiciliario, que tiene domicilio fijo en el cual vive junto a su grupo familiar.

Fecha de firma: 29/03/2016 Firmado por: DR.ERNESTO CLEMENTE WAYAR, Firmado por: DRA.COSSIO MARINA JOSEFA, Firmado por: G.D.M., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: L.E.I., SECRETARIA DE CAMARA #27379762#149970573#20160329100056178 401015/2004 Incidente Nº 49 - IMPUTADO: TROTTA, H.S. s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN Solicita que se realice una interpretación in bonam parte del art. 10 incs. A) y d) del CP y de la ley 24660, en razón de que T. padece graves patologías, las que en modo alguno pueden ser atendidas con los escasos medios sanitarios –tanto en lo médico como en lo edilicio-, con que cuenta el Servicio Penitenciario Federal. Que de mantener la detención del encartado sus condiciones de salud seguramente han de empeorar y pondrán en riesgo su vida.

En consecuencia solicita se revoque la resolución apelada, haciendo lugar al arresto domiciliario de L..

Este Tribunal entiende que corresponde efectuar algunas consideraciones previas antes de emitir una decisión sobre el beneficio solicitado.

A fs. 1 el encartado formula pedido de beneficio de arresto domiciliario, manifiesta que padece problemas de salud y que tiene edad avanzada (80 años).

Es nuestro criterio que la modalidad de cumplimiento de pena mediante la prisión domiciliaria es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR