Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 18 de Mayo de 2017, expediente FLP 001425/2012/4/CA003
Fecha de Resolución | 18 de Mayo de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 1425/2012/4/CA3 La Plata, 18 de mayo de 2017.-
Y VISTO: Este incidente n° FLP 1425/2012/4 (Reg. Int. 8548) caratulado “Incidente de nulidad de R., R.C.” proveniente del Juzgado Federal nº 2 de Lomas de Zamora; CONSIDERANDO:
EL JUEZ L.A. DIJO:
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Llegan las presentes actuaciones a esta Alzada en virtud del recurso de apelación deducido por la Defensora Pública Oficial, la Dra. J.E.C., en representación de R.C.R. (fs. 52/57), contra la decisión de fs. 48/51 El decisorio mencionado rechazó la petición de la defensa que pretendía la nulidad del requerimiento de elevación a juicio y del reconocimiento fotográfico.
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Cabe señalar que el Defensor Público, Dr. A.S., planteó a fs. 32/36 vta. la nulidad del requerimiento de elevación a juicio toda vez que el Ministerio Público había modificado en su formulación la calificación legal de la conducta atribuida a su pupilo en el auto de su procesamiento.
El Dr. Sukevicius alegó que la modificación del encuadre legal de la conducta ilícita imputada a R. violaba el principio de congruencia e impedía un correcto ejercicio de la defensa en juicio.
En el mismo escrito de fs. 32/36 y vta., el Dr. Sukevicius solicitó, además, la declaración de nulidad del reconocimiento fotográfico, al entender que esa diligencia probatoria no resultaba autónoma del reconocimiento en rueda de personas.
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En primer término he de reparar que con fecha 12 de mayo de 2015 en los autos principales N°
1425/2012/CA1 (Reg. Int. N° 7081), caratulados: “R., R.C.;A., G.A.;M., P.D. y E., G.S.. I.. 144 bis inciso tercero del C.P.”, mis colegas, los J.Á. y S., confirmaron el auto de procesamiento dictado por el juez de grado y, en aquella oportunidad valoraron, para arribar a una Fecha de firma: 18/05/2017 Alta en sistema: 01/06/2017 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #28575316#179076835#20170523103108611 decisión, los elementos probatorios adunados a la causa, entre ellos el reconocimiento fotográfico.
Motivo por el cual, no corresponde insistir sobre una cuestión que ya fue objeto de pronunciamiento.
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En cuanto al planteo de nulidad del requerimiento de elevación a juicio cabe señalar que el a quo en el auto de elevación a juicio de fecha 15 de julio de 2016 sostuvo que “…si bien el F.F. y la querella, encuadraron su...
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