Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 27 de Mayo de 2020, expediente FRE 000975/2019/TO01/4/CFC002

Fecha de Resolución27 de Mayo de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

S. III

Causa Nº FRE 975/2019/TO1/4/CFC2

G.A., M.A. Cámara Federal de Casación Penal s/recurso de casación

Registro nro.:

Buenos Aires, 27 de mayo de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca del recurso de casación interpuesto en la presente causa FRE 975/2019/TO1/4/CFC2 del registro de esta S. III, caratulada: “G.A., M.A. s/recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

  1. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Formosa -integrado de manera unipersonal-, con fecha 16 de abril del corriente año, resolvió “No hacer lugar a la excarcelación de M.A.G.A..

  2. Contra dicha decisión, la defensa interpuso el recurso de casación en estudio, que fue concedido por el a quo.

    En su presentación, la defensa señaló que la resolución cuestionada resulta arbitraria y que no se tuvo en cuenta la emergencia sanitaria decretada por la pandemia del virus Covid 19

    y la deficiencia sanitaria de las unidades de detención.

    Solicitó que se anule la resolución impugnada, se disponga la libertad de su asistido y, de ser necesario, se ordene una medida cautelar “que no se identifique sustancialmente con la pena carcelaria”.

  3. Que si bien las resoluciones que involucran la cuestión aquí planteada, resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245; 311:358; 314:791;

    316:1934, 328:1108, 329:679, entre otros), para posibilitar la jurisdicción de esta Alzada, debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal.

    Que en el sub judice, la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado que permita hacer excepción a dicho principio general, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes para rechazar la petición.

    Fecha de firma: 27/05/2020

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION

    Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

    Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

    Cabe destacar que, a efectos de denegar el pedido efectuado por la defensa, el sentenciante valoró que “G.A. fue condenado por este tribunal, por sentencia que no se encuentra firme, a la pena de cuatro años de prisión, como partícipe necesario del delito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR