Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 - SECRETARIA, 4 de Diciembre de 2019, expediente FRO 083000103/2010/4

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 83000103/2010/4 Nº 214/19. Rosario, 04 de diciembre de 2019.-

Y VISTOS: En Acuerdo, los autos caratulados “G.M.M. s/Incidente de prisión domiciliaria”, expediente N° FRO 83000103/2010/4, en trámite ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 2 de Rosario; de los que, RESULTA

  1. En fecha 20/09/2019 de fs. 4/5, G.C.J.N., en su carácter de representante letrado y en ejercicio de la defensa técnica de M.G., se presenta y solicita se le conceda arresto domiciliario a su asistida.

Refiere que resulta ser hermana de M.L.G., DNI N° 32.295.884, quien padece capacidad restringida conforme certificado de discapacidad que se acompaña. A. mismo tiempo que, aduce, mediante resolución emitida por el Sr. Juez Dr. M.S. a cargo del Juzgado de 1°

instancia de Familia de la ciudad de San Lorenzo (Santa Fe) el 29/11/2018 se dispuso a M.M.G. como apoyo provisorio de su hermana en calidad de curadora provisoria.

Por lo expuesto, señala que la prisión debe ser de cumplimiento efectivo en su domicilio constituido en autos conforme estar dentro de los parámetros exigidos por la ley.

Fecha de firma: 04/12/2019 Firmado por: BEATRIZ CABALLERO DE BARABANI, JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: G.Y., SECRETARIO #34113605#251545799#20191204142829552 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 83000103/2010/4 Conforme lo solicitado por el Ministerio Público F. a fs. 14 y vta., en fecha 29 de octubre del corriente año, se presentaron ante éste Tribunal dos informes socio ambientales, un croquis de la vivienda del domicilio sito en calle Bahía Blanca n° 31 de la localidad de C.B. y un anexo fotográfico.

A fs. 37 y vta. se presenta, en su carácter de F. General, el Dr. O.F.A. quien arguye que no presenta objeción alguna a lo requerido por la defensa técnica a fs.

4/5. Ello, atento el certificado de discapacidad y la resolución judicial agregada en autos mediante la cual se dispuso designar a M.M.G. como apoyo provisorio de su hermana M.L.G., quien presenta diagnóstico de “retraso mental del lenguaje síndrome de Down, no especificado”, y en función del informe ambiental de fs. 30.

Cita las disposiciones legales aplicables al caso, y finalmente, solicita la intervención a la Defensoría Pública de Menores e Incapaces, a fin de que efectúe un control periódico sobre la situación de M.L.G.; y se incorpore a la encausada al programa de vigilancia electrónica.

Atento el estado de autos, a fs. 40 se ordenó el pase de autos a despacho para resolver.

Y CONSIDERANDO:

De forma primigenia, he de poner de resalto que este Tribunal entiende que corresponde conceder la Fecha de firma: 04/12/2019 Firmado por: BEATRIZ CABALLERO DE BARABANI, JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: G.Y., SECRETARIO #34113605#251545799#20191204142829552 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 83000103/2010/4 detención domiciliaria a la condenada M.M.G. por los fundamentos que a continuación se expondrán.

Primeramente corresponde realizar algunas consideraciones relativas al instituto de la prisión domiciliaria, entendido éste como una modalidad diversa y autónoma de cumplimiento de la pena, alternativa a la institucionalización penitenciaria.

En este punto y atento los motivos expuestos por la defensa al solicitar la detención domiciliaria de G., toma...

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