Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 30 de Octubre de 2019, expediente FLP 085289/2018/4/CA002

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 85289/2018/4/CA2 9699/III La Plata, 30 de octubre de 2019.

VISTO: este expediente FLP 85289/2018/4/CA2, “Incidente de excarcelación en autos A., E., procedente del Juzgado Federal de Quilmes; Y CONSIDERANDO:

El juez V. dijo:

I.A..

  1. La defensa de E.A. solicitó

    nuevamente la excarcelación de su asistido (fs.

    1/3), la fiscal se opuso a la concesión de la medida y el juez la denegó (fs. 5 y 6/8).

  2. Contra esa decisión se alzó el defensor quien, a fs. 21/23, alegó que no se comprobó la existencia de riesgos procesales y que la radicación de procesos en trámite o condenas anteriores no obsta a la concesión de la excarcelación.

    Añadió que su asistido tiene arraigo en el país y que la situación que atraviesan las cárceles desaconseja el encierro preventivo.

    Asimismo, solicitó que la excarcelación se conceda bajo caución juratoria, en atención a la situación patrimonial de A..

    1. Tratamiento del recurso.

    Las bases normativas que rigen el instituto ya fueron desarrolladas en la anterior intervención de esta Sala, en el marco del incidente FLP 85289/2018/1/CA1, resuelto el 25 de octubre de 2018.

    En esa oportunidad se consideró que a E.A. se le atribuyeron una serie de delitos que el juez hizo concurrir en los términos del art. 55 del C.P., entre ellos, algunos directamente vinculados con cuestiones que hacen a la acreditación de la identidad de las personas, Fecha de firma: 30/10/2019 Alta en sistema: 15/11/2019 Firmado por: C.A.V. , Firmado por: JULIO V.R. , Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL #33843138#247626017#20191030125233134 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 85289/2018/4/CA2 9699/III más específicamente, a su identidad y por el otro, se le imputó también el encubrimiento y la tenencia ilegítima de dos armas de uso civil y la simple tenencia de estupefacientes (46,62 gramos de cocaína).

    En la actualidad, esa atribución inicial avanzó en el grado de sospecha y convicción, al punto que A. fue procesado en orden a los delitos de falsificación de un documento público de los destinados a acreditar la identidad de las personas; encubrimiento en dos hechos; tenencia ilegal de arma de uso civil en dos hechos; tenencia de estupefacientes; tenencia ilegítima de un documento nacional de identidad ajeno, todos ellos en concurso real entre sí, conductas estas tipificadas por los arts. 292 segundo párrafo, 277 primer párrafo inciso “C”, 189...

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