Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala I, 21 de Diciembre de 2015, expediente FLP 000083/2015/4/CA002

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2015
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I FLP 83/2015/4/CA2 Plata, 21 de diciembre de 2015.-

AUTOS Y VISTOS: Para resolver este expediente registrado bajo el número FLP 83/2015/4/CA2, caratulado “Incidente de eximición de prisión de P., A.”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia n° 1 de Lomas de Zamora.

Y CONSIDERANDO:

I) Llegan estas actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 11/12 vta. por el Dr. N.P., en representación de A.P., contra la resolución obrante a fojas 7/10 por la cual el juez de grado dispuso no hacer lugar al beneficio de eximición de prisión solicitado en favor del nombrado. El recurso no contó con la adhesión del Sr. Fiscal General (ver fs. 16) y fue informado en esta instancia en forma oral (ver fs.

20).

II) A través de los agravios esgrimidos, el recurrente destaca en primero término, que no existen en la causa elementos probatorios que vinculen a su defendido con el hecho delictivo investigado en la causa principal. Asimismo, respecto del riesgo procesal valorado por el juez de grado al rechazar la eximición de prisión, señala que A.P. no cuenta con procesos anteriores y que en el presente no ha obstaculizado la investigación. Sumado a ello, señala que si bien la pena en expectativa es elevada, el hecho de haber presentado el pedido de eximición de prisión demuestra la intención del nombrado de estar a derecho y “aclarar su situación”, eliminando de este modo el peligro de fuga.

Por otra parte, destaca que al momento de llevarse a cabo el registro de su domicilio, su defendido se encontraba de viaje y que nunca fue notificado de que debía presentarse ante la justicia y que pesaba sobre él una orden de detención.

Agrega que el nombrado sólo conoce a una de las personas que se encuentran detenidas en el marco de este proceso, circunstancia que, a su juicio, resta validez al argumento relativo a que podría ayudar a los imputados que aún no han sido ubicados, a obstruir la acción de la justicia. Asimismo, afirma que P. tiene “residencia fija, una familia que lo contiene, tiene trabajo fijo, no tiene Fecha de firma: 21/12/2015 Firmado por: C.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: HERNAN JULIO FERRARI, SECRETARIO DE CAMARA #27582973#145536936#20151221125350215 antecedentes penales y goza del mejor de los conceptos entre sus vecinos”.

III) A los efectos de analizar la cuestión traída a estudio...

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