Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 7 de Abril de 2021, expediente FSM 041971/2018/TO01/38/CFC010

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Sala II

Causa Nº FSM

41971/2018/TO1/38/CFC10

V. Blanca, S. y otros/

recurso de casación

Cámara Federal de Casación Penal Registro nro.: 423/21

Buenos Aires, 7 de abril de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

Reunidos los miembros de la Sala Segunda de la Cámara Federal de Casación Penal, doctores A.W.S.,

C.A.M. y G.J.Y., bajo la presidencia del primero de los nombrados, de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas 27/20 y concordantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y 15/20 y concordantes de esta Cámara, para decidir acerca de la admisibilidad de los recursos de casación interpuestos en la presente causa Nº FSM

41971/2018/TO1/38/CFC10 del registro de esta Sala, caratulada:

V., B.S. y otros s/ recurso de casación

.

Y CONSIDERANDO:

  1. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 de S.M., provincia de Buenos Aires, el 23 de octubre de 2020,

    prorrogó la prisión preventiva de B.S.V., J.C.M., C.A.M.B., A.M.Á., G.G.G., O.A.G. y R.A.H., por el término de un (1) año (artículo 1° de la ley 24.390).

    Contra esa decisión, el defensor oficial de A.M.Á. y las defensas particulares de Gonzalo G.

    García y O.G. interpusieron sendos recursos de casación, que fueron concedidos por el a quo el 30 de diciembre de ese mismo año.

    Fecha de firma: 07/04/2021

    Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

    Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

  2. Que, las decisiones de esta Cámara deben atender a las circunstancias existentes al momento de su pronunciamiento, aunque sean distintas a las verificables en oportunidad de la interposición del recurso respectivo (Fallos: 312:555; 315:123; entre otros).

    Que, conforme surge del Sistema de Gestión Judicial -Lex 100-, las circunstancias existentes al momento de deducir las defensas los correspondientes recursos de casación variaron, en tanto el 5 de febrero del corriente año, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 5 de S.M.,

    absolvió a O.A.G., G.G.G. y a A.M.Á., en orden a los hechos por...

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