Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 2 de Junio de 2016, expediente CFP 013445/1999/TO01/32/CFC006
Fecha de Resolución | 2 de Junio de 2016 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 CFP 13445/1999/TO1/32/CFC6 REGISTRO NRO. 711/16.4 Buenos Aires, 2 de junio de 2016.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa CFP 13445/1999/TO1/32/CFC6 acerca del trámite de los recursos de casación incoados por el Ministerio Público Fiscal (fs. 229/240 vta.) y por la apoderada del CELS, L.P.Z., con el patrocinio del doctor S.B. (241/247 vta.).
Y CONSIDERANDO:
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A fs. 229/240 vta. el Ministerio Público Fiscal, y a fs. 241/247 vta. la apoderada del CELS, L.P.Z. con el patrocinio del doctor S.B., interpusieron recursos de casación contra la resolución dictada por Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Capital Federal que resolvió sobreseer a E.A.A. por el delito de privación ilegal de la libertad en concurso real con el delito de asociación ilícita; que a fs.
249/252 fueron oportunamente concedidos por el a quo.
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Que conforme se desprende del oficio remitido por el Tribunal a quo a fs. 302 y vta., el 12 de mayo de 2016 dicho Tribunal resolvió declarar extinguida la acción penal por muerte respecto de E.A.A. en el marco de la causa Nº 1.504 de su registro, y en consecuencia, sobreseerlo en orden a los delitos de privación ilegal de la libertad personal y asociación ilícita.
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Que es ineludible principio en la teoría de los recursos, el que ordena que sean resueltos de conformidad con las circunstancias existentes al momento de su tratamiento, aunque sean ulteriores a su interposición (confrontar su aplicación en los Fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, 285:353; 310:819; 315:584, entre muchos otros).
Fecha de firma: 02/06/2016 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: J.A.S.R., P. de Cámara "ad hoc"
Por ello, al informarse que el tribunal a quo resolvió declarar extinguida la...
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