Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 26 de Septiembre de 2022, expediente FRE 000599/2022/3/CA001
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-
Resistencia, a los veintiséis días del mes de septiembre del año dos mil veintidós.
VISTO:
El presente expediente registro Nº FRE 599/2022/3/CA1, caratulado: “ORTEGA,
G. Y OTRO S/INCIDENTE DE ENTREGA DE BIENES REGISTRABLES”,
proveniente del Juzgado Federal Nº 2, Secretaría Penal Nº 1 de esta ciudad de
Resistencia, del que;
RESULTA:
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Que el Dr. R.A.B., en el carácter de apoderado de Transporte
Lucas S.A., solicitó la restitución del camión marca Scania F 94, Dominio DLX969 cuya
titularidad detenta la empresa y que fue secuestrado en el marco de la causa principal,
alegando ser la misma un tercero ajeno a los hechos investigados.
Corrida la vista al Fiscal Federal, éste dictaminó por el rechazo de la entrega del
bien, por fundamentos a los que remitimos en honor a la brevedad.
-
El Instructor resolvió no hacer lugar a la restitución solicitada. Para así decidir
consideró que el vehículo de marras se encuentra sujeto a comiso, en razón de haber sido
el medio de transporte empleado para la comisión del delito y, desde otro plano,
manifestó que se encontraba pendiente de producción la pericia de la Unidad de
Criminalística y Estudios Forenses de la Agrupación XVIII de Gendarmería Nacional.
-
Contra lo resuelto, el peticionario interpone recurso de apelación. Sostiene que
las cubiertas cuestionadas se hallaban en el semi remolque y no en el camión de
propiedad de Transporte Lucas, y que de las pruebas aportadas no surgen elementos que
involucren a su representada.
Que no se ha requerido la imputación de su parte por lo que no se halla investigada
ni sospechada. Aduce que el chofer no tenía vínculo laboral ni de ningún tipo con la
empresa que representa y que lo manifestado fue ratificado por el titular del
semirremolque secuestrado, Sr. G.O..
Solicita la entrega definitiva o en depósito judicial del camión Scania F94 Dominio
DLX 969, en razón de que es una herramienta fundamental del trabajo de la
transportadora, por lo que la decisión cuestionada trae consigo un perjuicio irreparable.
-
Concedido el recurso incoado, se radican los autos ante esta Alzada y se notifica
a las partes, oportunidad en que el representante del Ministerio Público Fiscal manifiesta
en primer lugar que no adhiere al remedio procesal intentado y –seguidamente que no se
opone a que el bien objeto del incidente sea entregado a TRANSPORTE LUCAS S.A. en
Fecha de firma: 26/09/2022
Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.A., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: P.B.G., JUEZA SUBROGANTE
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-
carácter de...
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