Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 26 de Septiembre de 2022, expediente FRE 000599/2022/3/CA001

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-

Resistencia, a los veintiséis días del mes de septiembre del año dos mil veintidós.

VISTO:

El presente expediente registro Nº FRE 599/2022/3/CA1, caratulado: “ORTEGA,

G. Y OTRO S/INCIDENTE DE ENTREGA DE BIENES REGISTRABLES”,

proveniente del Juzgado Federal Nº 2, Secretaría Penal Nº 1 de esta ciudad de

Resistencia, del que;

RESULTA:

  1. Que el Dr. R.A.B., en el carácter de apoderado de Transporte

    Lucas S.A., solicitó la restitución del camión marca Scania F 94, Dominio DLX969 cuya

    titularidad detenta la empresa y que fue secuestrado en el marco de la causa principal,

    alegando ser la misma un tercero ajeno a los hechos investigados.

    Corrida la vista al Fiscal Federal, éste dictaminó por el rechazo de la entrega del

    bien, por fundamentos a los que remitimos en honor a la brevedad.

  2. El Instructor resolvió no hacer lugar a la restitución solicitada. Para así decidir

    consideró que el vehículo de marras se encuentra sujeto a comiso, en razón de haber sido

    el medio de transporte empleado para la comisión del delito y, desde otro plano,

    manifestó que se encontraba pendiente de producción la pericia de la Unidad de

    Criminalística y Estudios Forenses de la Agrupación XVIII de Gendarmería Nacional.

  3. Contra lo resuelto, el peticionario interpone recurso de apelación. Sostiene que

    las cubiertas cuestionadas se hallaban en el semi remolque y no en el camión de

    propiedad de Transporte Lucas, y que de las pruebas aportadas no surgen elementos que

    involucren a su representada.

    Que no se ha requerido la imputación de su parte por lo que no se halla investigada

    ni sospechada. Aduce que el chofer no tenía vínculo laboral ni de ningún tipo con la

    empresa que representa y que lo manifestado fue ratificado por el titular del

    semirremolque secuestrado, Sr. G.O..

    Solicita la entrega definitiva o en depósito judicial del camión Scania F94 Dominio

    DLX 969, en razón de que es una herramienta fundamental del trabajo de la

    transportadora, por lo que la decisión cuestionada trae consigo un perjuicio irreparable.

  4. Concedido el recurso incoado, se radican los autos ante esta Alzada y se notifica

    a las partes, oportunidad en que el representante del Ministerio Público Fiscal manifiesta

    en primer lugar que no adhiere al remedio procesal intentado y –seguidamente que no se

    opone a que el bien objeto del incidente sea entregado a TRANSPORTE LUCAS S.A. en

    Fecha de firma: 26/09/2022

    Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.A., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: P.B.G., JUEZA SUBROGANTE

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-

    carácter de...

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