Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 25 de Junio de 2021, expediente CPE 001904/2018/3/CA001

Fecha de Resolución25 de Junio de 2021
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE INCOMPETENCIA FORMADO EN EL MARCO DE LA CAUSA Nº CPE

1904/2018 CARATULADA: “ERSA URBANO S.A.; PRIVATE AVIATION CONSULTING S.A. S/

INF. LEY 22.415”. J.N.P.E. Nº 1. SECRETARÍA Nº 2. EXPTE. N° CPE 1904/2018/3/CA1. ORDEN

30.246. SALA “B”.

Buenos Aires, de junio de 2021.

VISTOS:

La cuestión de competencia negativa suscitada entre el Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 1 y el Juzgado Federal de Corrientes N° 1.

La presentación de fs. 137/140, por la cual el señor F. General de Cámara contestó la vista conferida a fs. 135.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, las actuaciones principales a las cuales corresponde este incidente se iniciaron a partir de la denuncia efectuada por el J. de la Sección Prevencional Nros. 5 y 6 de la División Sumarios de Prevención de la A.F.I.P.-

    D.G.A., con relación al ingreso irregular presunto de la aeronave matrícula LV-

    GQW al territorio nacional, que “…habría sido exportada desde lo (sic)

    Estados Unidos de América por parte de la firma ERSA URBANO S.A….con fecha 10 de octubre del año 2016…por entenderse que prima facie, se habría incurrido en los supuestos previstos por el Art. 863 siguientes y concordantes de la ley 22.415, al intentar eludir una destinación aduanera mediante la declaración de una importación a consumo o una importación temporal prevista por la normativa vigente, ya que cuanta (sic) con matrícula nacional sin observarse el cumplimentar de los requisitos aduaneros de rigor y el consecuente perjuicio fiscal por la falta de pago de los tributos correspondientes…” (confr. fs. 42/44 y 50 del presente).

  2. ) Que, radicada la causa en el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 1, el señor juez a cargo de aquel tribunal declaró la incompetencia del mismo, en razón del territorio, para intervenir en las actuaciones y las remitió al juzgado federal con competencia en la ciudad de Corrientes, por considerar que “…de acuerdo a lo que preliminarmente se pudo Fecha de firma: 25/06/2021

    Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.R.V., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación constatar en las presentes actuaciones, surgiría que el ingreso de la aeronave se habría cometido en la Provincia de Corrientes, puesto que conforme surge de la base de datos de vuelos de la Aduana -fs. 9/11- la aeronave con matrícula LV-GQW ingresó al país en fecha 25 de noviembre de 2016, a través del Aeropuerto Internacional de Corrientes, correspondiente al Área...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR