Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 13 de Junio de 2018, expediente CIV 023044/2014/3/CA002

Fecha de Resolución13 de Junio de 2018
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 23044/2014. Incidente Nº 3 - DEMANDADO: CLUB CULTURAL MATIENZO ASOCIACION CIVIL s/INCIDENTE CIVIL Buenos Aires, 13 de junio de 2018.- RM fs. 56 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a la alzada a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto a fojas 48 contra el decisorio de fojas 45.

Es menester recordar que en las actuaciones principales este Tribunal denegó el recurso extraordinario interpuesto por el “Club Cultural Matienzo Asociación Civil”, motivo por el cual, la recurrente interpuso recurso de queja ante la Corte Suprema, como expresamente lo señala a fojas 41.

La recurrente mediante la medida cautelar iniciada a fojas 41/44 por vía incidental pretende modificar lo dispuesto en el artículo 285 del Código Procesal que expresamente establece que “mientras la Corte no haga lugar a la queja no se suspenderá el curso del proceso”.

El recurso de queja por apelación denegada, denominado también de hecho o directo, es el remedio procesal tendiente a obtener que el órgano judicial competente para conocer en segunda o tercera instancia revoque la providencia denegatoria de la apelación tras revisar el juicio de admisibilidad y disponga sustanciarla en la forma y efectos que correspondan (conf. F. -Yáñez, “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, Comentado, Anotado y Concordado”, t°. 2, pág. 515, n. 1; C.N.Civil)”.

No podrían ahora sostenerse los efectos suspensivos de un recurso cuando el mismo se deduce en unas actuaciones que por ley no suspenden su prosecución. Resolver lo contrario sería vulnerar por parte de este Tribunal las disposiciones legales vigentes y con ello Fecha de firma: 13/06/2018 Alta en sistema: 19/06/2018 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #31815160#208757065#20180612091421118 invadir la jurisdicción de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR