Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 29 de Enero de 2024, expediente CCF 005699/2023/3/CA003

Fecha de Resolución29 de Enero de 2024
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA IITRIBUNAL DE FERIACausa CCF 5699/2023/3/CA3Incidente Nº 3 : ENCABO ETCHEVERRY, MARIA AGUSTINA (ENREP. DE SU HIJO) c/ OMINT SA DE SERVICIOS s/AMPARO LEY16.986Juzgado Federal de Campana - Secretaría Civil N° 2San Martín, 29 de enero de 2024AUTOS Y VISTOS:Por recibidas las presentes actuaciones.Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal,en virtud del recurso de apelación en subsidio deducido por OMINT SA contra el pronunciamiento de la instancia anterior de fecha 15/01/2024 que concedió la prórroga solicita por el tercero citado -Ministerio de Salud de la Nación- por el término de quince (15) días hábiles.El mencionado remedio fue concedido en los términos del art. 15 de la ley 16.986 (vid providencia del 18/01/2024).II.- En primer término, corresponde señalar que este proceso tramita conforme la ley de amparo y que el artículo 15 de la ley 16.986 establece que “sólo serán apelables la sentencia definitiva, las resoluciones previstas en el artículo 3° y las que dispongan medidas de no innovar o la suspensión de los efectos del acto impugnado”, es decir, que instaura un sistema recursivo limitado en razón de la sumariedad excepcional con que ha sido prevista esta vía.Fecha de firma: 29/01/2024Firmado por: NESTOR PABLO BARRAL, JUEZ DE CAMARAFirmado por: JUAN PABLO SALAS, JUEZ DE CAMARAFirmado por: GASTON RUIZ, SECRETARIO DE JUZGADO#38611023#398101304#20240129115203838Al respecto, esta Alzada tiene dicho que la Ley de Amparo creó su propio sistema procesal, distinto del Código Adjetivo, posibilitando sólo la apelación de las decisiones judiciales que revistan importancia trascendental en el proceso, con el único objetivo de evitar que se desnaturalice el fin de la acción (Confr.CFASM, Sala I, causas FSM 365/2019/1/RH1 y 116540/2019/1RH1, Rtas. el...

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