Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 9 de Diciembre de 2020, expediente CIV 005865/2017/3/CA003

Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2020
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”

5865/2017

Incidente Nº 3 - ACTOR: D C, D D DEMANDADO: R, J C s/ART.

250 C.P.C - INCIDENTE FAMILIA

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2020.- CBG

AUTOS Y VISTOS:

  1. Las actuaciones fueron elevadas en virtud del recurso de apelación interpuesto en subsidio por la parte actora contra la decisión de fs. 556, mantenida a fs. 559. Los agravios obran a fs. 558.

    La Defensora de Menores de Cámara dictaminó el 28 de noviembre de 2020.

    El 6 de junio de 2019, el Sr. Juez a quo decretó una medida de no innovar respecto del tratamiento de revinculación paterno filial a cargo de la Lic. A A, disponiendo que en el supuesto que la profesional no se encuentre dentro del plan de salud que brinda Swiss Medical Group, la terapia deberá ser soportada por el Sr. R,

    autorizándolo a descontar ese importe de la cuota alimentaria fijada en autos.

    Dicha decisión causó agravio a la actora, pues entendió

    que la deducción del monto de la terapia de la cuota alimentaria,

    importaría que el gasto por tal concepto fuera soportado por la hija menor de las partes.

  2. De las constancias de autos se desprende que el proceso de revinculación entre el Sr. R y su hija C, - nacida el 27 de agosto de 2016 - se llevará a cabo con intervención del CIENA. Ello es así, dado que a fs. 650 se requirió al Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes que suministre un dispositivo adecuado para el caso, debido a la manifestación del Sr. R de no poseer medios económicos para afrontar el gasto de la terapia. En efecto, dicho organismo respondió el 13 de noviembre de 2020 dando cuenta que se Fecha de firma: 09/12/2020

    Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.B.G., SECRETARIA ADSCRIPTA

    Firmado por: G.A.I., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”

    solicitó al CIENA evaluar la capacidad parental del Sr. R a fin de determinar la conveniencia y características del dispositivo de revinculación.

    De modo que en la actualidad, el proceso de revinculación no se realizará con intervención de la Lic. A; tal circunstancia, de por sí tornaría abstracto el tratamiento del recurso de apelación. Sin embargo, teniendo en cuenta el extenso conflicto familiar existente, y el modo en que se presentaron las actuaciones,

    merecen tratamiento a fin de no generar mayores confusiones ó malos entendidos entre las partes. Considera la Sala que la decisión del Sr.

    ...

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