Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 21 de Marzo de 2019, expediente FBB 014062102/2011/3/CA003

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA

Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 14062102/2011/3/CA3 – Sala I – Secr. P.B., de marzo de 2019.

VISTO: El expediente nro. FBB 14062102/2011/3/CA3, caratulado: “ASTREINTES...

en autos: ‘GUIJARRO, M. c/ Anses, s/ Reajuste de Haberes’”, venido del Juzgado Federal nro.

1 de la sede, para resolver la apelación de fs. sub. 19/21, contra la resolución de f. sub 18.

1ro.) El juez de la anterior instancia aplicó las sanciones conminatorias

bajo las cuales había intimado el cumplimiento de la sentencia de autos.

2do.) La demandada apeló y expresó agravios a fs. sub. 19/21.

3ro.) Cabe destacar que las astreintes constituyen un medio de

compulsión consistente en la imposición de una condena pecuaria al sujeto que no cumple con una

manda judicial, y cuya vigencia perdura mientras no cese el incumplimiento. Se trata de una

herramienta técnica destinada a lograr el acatamiento de las decisiones judiciales.

Siendo que la administración no acredita el cumplimiento de la manda

judicial ni justifica su proceder, corresponde, en el caso, confirmar la resolución apelada y

mantener las astreintes impuestas.

No obstante, en consideración a su carácter provisional, la parte

incumplidora podría solicitar, una vez que cumpla con lo ordenado, el levantamiento de la medida

o la reducción de su monto, en la medida en que desista de su resistencia y justifique, total o

parcialmente, su proceder.

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