Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 12 de Diciembre de 2017, expediente CAF 014636/2014/3/CA002

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 14636/2014 Incidente Nº 3 - ACTOR: GENNEIA SA DEMANDADO: EN-AFIP-

DGI s/OPOSICION DE TASA (INC DE TASA DE JUSTICIA)

Buenos Aires, 12 de diciembre de 2017.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que el señor juez a quo rechazó la oposición formulada por la parte actora con relación al pago de la tasa de justicia y ratificó la providencia que la intimó a liquidar e integrar por tal concepto el 3% del monto comprometido en el proceso (fs. 272 y 284/vta.).

    Para resolver como lo hizo, sostuvo que la circunstancia de que se persiga la declaración de inconstitucionalidad de una norma no es razón suficiente, por sí sola, para definir el objeto litigioso como insusceptible de apreciación pecuniaria. Destacó que la pretensión deducida en autos tiene un claro contenido económico que está dado por el monto del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (IGMP) que la accionista se ahorraría de abonar en el supuesto que se admita la demanda. Sobre esa base, desestimó que pudiera aplicarse la tasa fija para juicios de monto indeterminado.

  2. ) Que, contra dicha resolución, a fs. 285 la actora interpuso apelación, que se concedió a fs. 286 y se fundó a fs. 287/288.

    Insiste en que la demanda se inició con antelación a que existiera reclamo alguno del Fisco Nacional relativo al IGMP. Explica que persigue una declaración de inconstitucionalidad del gravamen que convalide las declaraciones juradas del impuesto que se presentaron con saldo “cero”. Por ello, frente a la inexistencia de impuesto determinado o determinable, pide que se tenga por cancelada la tasa de justicia en los términos del artículo 6º de la ley 23.898 (v. fs. 42).

  3. ) Que mediante la acción declarativa de certeza incoada en autos la actora solicitó que se ejerza el control de constitucionalidad del IGMP en los términos expuestos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Hermitage SA c/ EN – AFIP – Título V (Ley 25.063 – años 99 al 2001 s/ proceso de conocimiento” (Fallos: 333:933). Pidió que se declare inconstitucional la aplicación del tributo a su respecto, hasta tanto se absorbieran definitivamente sus quebrantos impositivos. También requirió el dictado de una medida de no innovar a fin de que se ordenase a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que se abstuviera de intimar el pago, promover ejecución fiscal y/o trabar medidas asegurativas contra su mandante, por cualquier concepto vinculado...

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