Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 4 de Abril de 2017, expediente CAF 001981/2016/3/CA002

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V CAF 1981/2016/3/RH1 INCIDENTE DE APELACIÓN Nº

3 – “PLANETA TIERRA UNIVERSO ORG c/ AXION ENERGY ARGENTINA SRL s DILIGENCIA PRELIMINAR”

Buenos Aires, de abril de 2017.-

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

Los Sres. Jueces de Cámara, D.. G.F.T. y P.G.F. dijeron:

  1. Que a fojas 90/93 juez de grado admitió la producción de prueba anticipada solicitada por la actora con el fin de que se designe un perito de oficio, en la especialidad de Ingeniero Químico, a fin de que efectúe cuatro sondeos de reconocimiento estratigráfico, con toma de muestras de sedimentos, hasta llegar al acuífero freático, penetrando en dicha unidad, proceda a la extracción de una muestra de agua y medición de FLNA y nivel freático estático en cada uno de los pozos entubados y a las determinaciones de laboratorio respecto al HTP en muestras de suelo y agua freática; todo ello en 8 (ocho) Estaciones de Servicio de expendio de combustible ubicadas en esta Ciudad, explotadas comercialmente por la firma demandada.

  2. Que contra dicha decisión, a fojas 268/272, la parte demandada interpuso recurso de apelación y expresó agravios.

    Dicha apelación fue denegada por el juez de grado al considerar irrecurrible la resolución de fojas 90/93, lo que motivó a la demandada a recurrir en queja por ante este Tribunal.

    Así, con fecha 20/10/2016, esta S. hizo lugar al recurso de queja mencionado y ordenó al juez a quo que conceda el recurso de apelación interpuesto por la demandada a fojas 268/272.

    Al respecto, la demandada sostiene en su memorial que la prueba anticipada -con los alcances en que fue solicitada-, no solo le causa un agravio irreparable en relación a los exorbitantes costos que conlleva la realización de la misma, sino que también importaría una intromisión en los estudios ya realizados y en los planes aprobados por la Fecha de firma: 04/04/2017 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #29251107#175443403#20170403142034277 Agencia de Protección Ambiental (APRA) y por la Dirección General de Evaluación Técnica (DGET), generando con ello no sólo un retraso en el cumplimiento de las tareas ambientales en desarrollo, sino que también implicaría poner en una situación de riesgo innecesario a los trabajadores y a las personas en general, cuando ya se han realizado los estudios correspondientes.

  3. Que, antes de ingresar al análisis de la...

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