Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 4 de Abril de 2022, expediente FRO 067991/2018/29/CA014

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 67991/2018/29/CA14

Visto, en Acuerdo de la Sala “A” de la CFAR integrada, el expediente nº FRO 67991/2018/29/CA14

caratulado “Incidente de devolución de Passaglia, I.J.

por enriquecimiento ilícito (Art. 268 inc. 1 y 2) e infracción Art. 303 del C.P” (proveniente del Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de San Nicolás).

El Dr. F.L.B. dijo:

  1. - Vinieron los autos en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, contra la resolución del 30 de noviembre de 2021 que -en lo que aquí interesa- ordenó la restitución de la Tablet (Ipad) marca Apple nº de serie DMPJ4LYDDVD2.

  2. - El apelante se agravió sosteniendo que oportunamente se encomendó el peritaje informático del dispositivo a la División Pericias Telefónicas de la Policía Federal Argentina, quien no pudo extraer datos en razón de la dificultad que presenta el aparato en relación con los programas utilizados.

    Dijo que a la fecha persiste la necesidad de peritar el elemento secuestrado debido a la posibilidad de ser sometido, en el futuro, a ulteriores labores que permitan acceder a información de interés, y que desde la fiscalía se continúan realizando las consultas con los organismos pertinentes, en función de lo cual la devolución ordenada resulta prematura y opera en desmedro de la investigación al sustraer una prueba de la pesquisa.

  3. - Elevados los autos a la alzada, se dispuso la intervención de esta Sala “A”. Designada audiencia para informar, las partes presentaron memoriales y quedaron las actuaciones en condiciones de resolver.

    3.1.- El defensor de Ismael José

    Fecha de firma: 04/04/2022

    Alta en sistema: 06/04/2022

    Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA 1

    Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

    FRO 67991/2018/29/CA14

    Passaglia manifestó que el fiscal omitió señalar cuáles serían aquellos procedimientos a los que podría ser sometido el dispositivo, no resultando claro si se trata de medios existentes o que podrían encontrarse disponibles en el futuro, que tampoco indicó a qué “organismos competentes”

    consultó al respecto (situación de incertidumbre que se mantiene hasta la fecha). Que además no es posible avizorar algún medio que pueda satisfacer los intereses del Fiscal.

    Y Considerando que:

  4. - La causa principal se inició con motivo de la denuncia...

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