Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 16 de Octubre de 2019, expediente FLP 040388/2016/279/CA054

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 40388/2016/279/CA54 La Plata, 16 de octubre de 2019.

VISTO: este expediente registrado bajo el N°

FLP N° 40388/2016/279/CA54 (Reg. Int. N° 10.250), caratulado: “Incidente de entrega de bienes registrables de F.C. por asociación ilícita fiscal e inf. Art. 303”, procedente del Juzgado Federal de Quilmes, Secretaría Penal N° 4.

Y CONSIDERANDO QUE:

EL JUEZ ÁLVAREZ DIJO:

I. Llegan estas actuaciones a conocimiento de la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto, a fs. 58/59, por el Sr. F.C. por su propio derecho y sin patrocinio letrado, contra la resolución, de fs. 56/57vta., que no hizo lugar al pedido de restitución de los rodados XXX111, XXX112, XXX113, XXX114, XXX115, XXX116, XXX117, XXX118, XXX119, XXX110, Peugeot 505, XXX101, XXX102, Motovehículo Terragross, Moto Yamaha, XXX103, XXX104 Y XXX105 efectuado a fs. 7/8.

II. Al rechazar la solicitud de restitución, el magistrado de primera instancia señaló que a los 24 días del mes de octubre del año pasado, prestó

declaración a tenor de lo normado por el art. 294 del Código de Rito, C.G.R., quien refirió, al ser preguntado para que diga si la agencia de autos de calles C. y R. de E., es de A.H.R. o L.R.: “No lo sé, en esa agencia dejé el auto porque H. me recomendó

para la venta Renault Fluence de color blanco dominio XXX000, que era de propiedad de mi madre y recuerdo que me abonaron parte del auto 140.000 pesos y la otra parte quedó pendiente 40.000 pesos porque el auto debía multas y ellos se hacían cargo de las mismas, pero es al día hoy que me llegan las intimaciones”

(SIC).

Asimismo, señaló que de la intervención telefónica realizada sobre el abonado 1111111111, perteneciente a H.A.R., con destino en 54922222222, de fecha 3 de noviembre de 2017 a las 16:04:23 el primero le refiere al segundo que “que ya abrió, que Fecha de firma: 16/10/2019 Alta en sistema: 22/10/2019 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #31719214#246830762#20191017103330870 está en R. de E. y J.C., en la agencita” (SIC). Y que, a fs. 5222/5236, se encuentran agregadas tareas de investigación, realizadas por la DDI Avellaneda-

Lanús, de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, de las que surge que H.R. resulta ser el dueño de la agencia de vehículos sito en la intersección de la Av.

R. de E. de San Martín y J.C. de la localidad de...

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